7 de agosto de 2009
NUEVO VESTUARIO CARTAGENA
16 de mayo de 2009
CONCENTRACIÓN FRENTE A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE REPSOL
Esta manifestación ha sido promovida por el 100% del Comité de Empresa, refrendada en Asamblea de Trabajadores y apoyada por la práctica totalidad del personal de la factoría en reivindicación y defensa de nuestro Centro Médico, construido con el esfuerzo económico de los trabajadores hace mas de 30 años y por el mantenimiento de nuestros derechos sanitarios consolidados y reflejados en el artículo 60 de nuestro convenio.
La manifestación se desarrollo de manera muy ruidosa (se repartieron 40 silbatos y varios megáfonos) pero totalmente pacifica, nos mantuvimos con nuestra pancarta frente a las puertas de acceso al Palacio hasta que la policía nos informó que habíamos superado la hora de fin de la autorización y nos invito a disolverla.
Si cabe un hecho que destacar es que a todos los allí presentes nos extraño sobremanera que ningún representante de UGT en el Comité de empresa nos acompañara en la manifestación y más teniendo en cuenta que algunos ya se encontraban en Madrid el día anterior.
A pesar de no ser una representación muy numerosa rondamos las 60 personas y de padecer algunos fallos organizativos (fruto de nuestra inexperiencia en estos eventos), que nos obligaron a reducir la duración prevista de la manifestación.
Para la representación de USO el objetivo de la misma se ha cumplido con creces.
Un gran número de accionistas y de otras personas influyentes se han hecho eco de nuestra reivindicación.
“Seguimos luchando”
Por nuestros derechos sanitarios consolidados.
2 de mayo de 2009
COMUNICADO COMITE EMPRESA
El comité de empresa promueve como reivindicación en defensa de nuestros derechos sanitarios una concentración frente a la junta general de accionistas de Repsol que secelebrará el día 14 mayo en Madrid.
Podemos aprovechar la coyuntura logística de la celebración ese mismo día de otra manifestación internacional a la que también asistiremos, manifestación convocada por lac onfederación europea de sindicatos en defensa del empleo y contra el paro.
El Comité de Empresa espera el respaldo mayoritario de los trabajadores en esta iniciativa Aunque a fecha de hoy falta por concretar horarios y lugares si os podemos adelantar que eltransporte en autobús así como los bocadillos y refrescos correrán por cuenta de las secciones sindicales que promueven la manifestación del C.E.S.
Nos sería de mucha utilidad el tener una relación de todos los trabajadores interesados en acompañarnos lo antes posible por lo tanto todo el que quiera y pueda que se ponga encontacto lo antes posible, con cualquiera de las secciones sindicales de este comité bien en persona, bien a través de correo electrónico.
20 de abril de 2009
HUELGA REPSOL
Se ha respetado el libre acceso a todo aquel que quisiera entrar, incluido el personal interino y temporal, aunque la falta de supervisión ha provocado que no se hayan podido firmar permisos de trabajo y, por lo tanto, no se ha podido iniciar ni continuar ningún tipo de trabajo por parte de las subcontratas. Por este motivo, durante el día de hoy no hay ningún trabajador de subcontratas en la planta.
Debido a la gran concentración de trabajadores, se han producido largas colas y retenciones de tráfico en las zonas de entrada al Valle de Escombreras. El personal directivo y jefatura, han utilizado accesos secundarios para llegar al interior de la fábrica.
Desde primera hora de la mañana, unidades de la guardia civil han estado controlando la concentración, sin que tuvieran que intervenir.
Los trabajadores seguirán concentrados hasta la terminación de la jornada de huelga. El comité de empresa está muy satisfecho por el alto grado de seguimiento, cercano al 90%.
Durante la jornada, numerosos medios de comunicación (prensa, radio y televisión) han recogido imágenes, haciéndose eco de la noticia.
Seguiremos informando.
17 de abril de 2009
23 de enero de 2009
COMUNICACIÓN A LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO E INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO
17 de enero de 2009
CONCENTRACION 17 ENERO CENTRO MEDICO REPSOL
13 de enero de 2009
CONCENTRACIÓN DIA 17 DE ENERO A LAS 11:00
COMUNICADO DE LA EMPRESA REPSOL EN CARTAGENA DIA 12 DE ENERO
1.La finalización del modelo de colaboración en asistencia sanitaria derivada de enfermedad común y accidente no laboral (prestación de asistencia sanitaria y prestación económica por incapacidad laboral -emisión de partes de alta y baja-), se produce por imperativo legal y no por decisión de Repsol Petróleo, al quedar extinguido el sistema de entidades colaboradoras por la Ley 2/2008, publicada en el BOE del día 23-12-20082
2.Ante esta situación la empresa contactó con el Servicio Murciano de Salud, dado que se trata de una competencia transferida a las Comunidades Autónomas, quien ha ratificado la imposibilidad de mantener el extinguido sistema de colaboración
4. En los últimos años, Repsol ha trasladado a los representantes de los trabajadores su inquietud sobre la viabilidad del sistema de colaboración, proponiendo alternativas a su finalización, que ahora por disposición legal viene impuesta
5. La ayuda sanitaria en Cartagena está recogida en el Art. 60 del actual convenio colectivo
6. En el mes de noviembre pasado, quedó constituida la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo, quien ostenta la legitimación para discutir las distintas alternativas y dar una nueva redacción al Art. 60
La empresa quiere dejar constancia de que el objetivo de sus actuaciones ha sido el de dotar de la mejor asistencia sanitaria posible para los trabajadores de Cartagena, teniendo siempre en consideración a los trabajadores del centro médico.
SERVICIO MURCIANO DE SALUD
Asimismo y con objeto de agilizar la solicitud de la tarjeta sanitaria, la Gerencia de atención primaria ha dado instrucciones a sus centros de tramitación para facilitar las gestiones a los trabajadores de Repsol.
Los centros de atención primaria se relacionan en el anexo I del presente escrito. También se puede obtener la dirección en el siguiente vinculo MurciaSalud. No obstante, en caso de duda se puede contactar en los siguientes teléfonos 968.50.68.85,968.50.66.81 y 968.52.44.11.
Para realizar el trámite de solicitud no es necesario que acuda el titular del derecho pudiendo delegar en cualquier persona.
Los documentos necesarios para realizar la tramitación son los siguientes:
• Documento de afiliación (modelo A-1), es el documento donde figura el titular del derecho.
• Documento de asistencia sanitaria a beneficiarios (modelo P-1). En caso de tener beneficiarios a cargo del titular.
• Documento Nacional de Identidad de todos los solicitantes mayores de 14 años.
9 de enero de 2009
CENTRO MEDICO REPSOL
30 de diciembre de 2008
COMUNICADO COMITE DE EMPRESA CARTAGENA
Compañeras y compañeros, en el día de ayer, la dirección de la Empresa, nos reunió a los Sindicatos representados en el Comité de Empresa, para comunicarnos que con la aprobación de los presupuestos Generales del Estado, las Entidades Colaboradoras desaparecían el próximo día 1 de enero del 2009 y en consecuencia con dicha Ley, también desaparecía la nuestra y que para ello, habían solicitado a la Consejería correspondiente de la Comunidad Autónoma de Murcia una demora de un mes (enero)para con ello poder gestionar las tarjetas sanitarias y traspasar los expedientes Médicos a los respectivos Centros de Salud, en los que estarían destinados los actuales usuarios del Centro Médico.
Compañeras y compañeros, “os podéis imaginar cómo nos quedamos de sorprendidos al ver como nuestra querida Dirección había actuado tan presto a la hora de preocuparse de nosotros y de nuestros familiares” y además sin consultarnos; cuando hace escasamente un mes que nos reunimos con la representación de la Dirección a petición nuestra y nos dijeron que ellos sabían de este asunto, menos que nosotros. Si esto último fuese verdad, se habría cometido negligencia y si no fuese verdad que sí lo sabían, sería doloso. En este sentido les hemos mostrado nuestra disconformidad, en la forma que ha llevado este asunto y en la que lo quiere seguir llevando y el poco interés mostrado, ya que ni tan si quiera han contestado si están dispuestos a defender la Continuidad de la Entidad Colaboradora, como están haciendo otras Empresas.
Porque nos consta que las Empresas que tienen Entidades Colaboradoras ubicadas principalmente en Madrid y Barcelona (RTVE; Telemadrid; Casa de la Moneda; BBVA; BSCH; Banesto; Altadis; Logista y la propia Comunidad de Madrid,) están haciendo gestiones desde el mes de septiembre con grupos Parlamentarios y con las respectivas Comunidades Autónomas para el mantenimiento de las mismas y que en caso de ser imposible se buscaran alternativas para efectuar un pase ordenado a la Sanidad Pública u otras alternativas que se acordaran. ¿Es que a nuestra Empresa no le interesa el mantenimiento de la Entidad Colaboradora? Les ofrecimos nuestra colaboración pero ellos ofrecieron el silencio por respuesta.
Pese a los esfuerzos que, desde hace semanas, venimos realizando quienes suscribimos el presente comunicado, (tuvimos reunión con el grupo parlamentario PSOE en la Asamblea Regional quienes presentaron una enmienda a los presupuestos de 300,000€ para el mantenimiento de la Entidad Colaboradora que fueron rechazados, petición de reunión con el Consejero la cual estamos esperando, también hemos estado en contacto con otros comités de Empresa afectados), sabemos de algunos que se han dirigido al Secretario de Estado de la Seguridad Social para clarificar la situación en la que nos encontramos tras la supresión de la letra b, del apartado 1, del artículo 77 de la Ley General de la Seguridad Social, que hacía referencia a las Colaboradoras. La respuesta ha sido concluyente “Esta eliminación no excluye que las Comunidades Autónomas puedan mantener en su ámbito la fórmula de colaboración, o regular la que estime oportuna, para mantener las prestaciones que tienen transferidas por el estado”.
Esta contestación señala claramente el marco en que nos podemos encontrar, y es por ello que nos dirigimos a la Comunidad Autónoma de Murcia, para exigirles que establezcan las medidas oportunas que den continuidad a la fórmula de las Colaboradoras, tal y como demuestra el informe Jurídico que se ha realizado al efecto donde indica claramente que las entidades colaboradoras, están transferidas a las Comunidades.
Por lo tanto este Comité considera lo siguiente:
1. NO DAR POR PERDIDA LA ENTIDAD COLABORADORA. Es posible su continuidad si estamos todos los trabajadores y Sindicatos afectados unidos
2. QUE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS TINEN LAS COMPETENCIAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR LA CONTINUIDAD DE LAS COLABORADORAS. Pedimos a la CARM que de continuidad a las Entidades Colaboradoras.
3. EXIGIR A LA EMPRESA EL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO FIRMADO CON LOS TRABAJADORES. Ya que la asistencia sanitaria para las trabajadoras y trabajadores de Repsol Petróleo C.I Cartagena, así como sus beneficiarios, está establecida en el art. 60 del Convenio Colectivo.
4. EMPLEAR PARA ELLO TODAS LAS MEDIDAS LEGALES Y SINDICALES A NUESTRO ALCANCE, confluyendo para con este fin con todos los Sindicatos y Organizaciones que están por el mantenimiento de las Entidades Colaboradoras.
En esta línea os anunciamos que, además de la solicitud de entrevista con el Consejero de la Comunidad de Murcia y otros partidos políticos de dicho ámbito, según respuestas, pondremos en marcha cuantas medidas sean necesarias.
¡¡TODOS UNIDOS POR LA DEFENSA
DE LA ENTIDAD COLABORADORA¡¡
EN PLANTA A 30 DE DICIEMBRE DEL 2008
4 de noviembre de 2008
LAS ENTIDADES COLABORADORAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL CESARÁN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2009
"Las empresas que, a 31 de diciembre de 2008 estuvieran acogidas a la modalidad de colaboración reguladas en el apartado 1.b del artículo 77 de la Ley General de la Seguridad Social ...., cesarán a partir de 1 de enero de 2009 en la colaboración en la gestión de la asistencia sanitaria y de la incapacidad temporal."
La eliminación de las entidades colaboradoras podria afectar a varios cientos de miles de personas en todo el pais.
Artículo 77. Colaboración de las empresas
1. Las empresas, individualmente consideradas y en relación con su propio personal, podrán colaborar en la gestión de la Seguridad Social exclusivamente en alguna o algunas de las formas siguientes:
a.-Asumiendo directamente el pago, a su cargo, de las prestaciones por incapacidad laboral transitoria derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional y las prestaciones de asistencia sanitaria y recuperación profesional, incluido el subsidio consiguiente que corresponda durante la indicada situación.
b.-Asumiendo la colaboración en la gestión de la asistencia sanitaria y de la incapacidad laboral transitoria derivadas de enfermedad común y accidente no laboral, con derecho a percibir por ello una participación en la fracción de la cuota correspondiente a tales situaciones y contingencias, que se determinará por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
c.-Pagando a sus trabajadores, a cargo de la entidad gestora obligada, las prestaciones económicas por incapacidad laboral transitoria, así como las demás que puedan determinarse reglamentariamente.
d.-Asumiendo directamente el pago, a su cargo, de las prestaciones económicas por incapacidad laboral transitoria derivada de enfermedad común o accidente no laboral, en las condiciones que establezca el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Las empresas que se acojan a esta forma de colaboración tendrán derecho a reducir la cuota a la Seguridad Social, mediante la aplicación del coeficiente que, a tal efecto, fije el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
2. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales podrá establecer, con carácter obligatorio, para todas las empresas o para algunas de determinadas características, la colaboración en el pago de prestaciones a que se refiere el apartado c anterior.
3. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales determinará las condiciones por las que ha de regirse la colaboración prevista en los números anteriores del presente artículo.
4. La modalidad de colaboración de las empresas en la gestión de la Seguridad Social a que se refiere el apartado 1 de este artículo podrá ser autorizada a agrupaciones de empresas, constituidas a este único efecto, siempre que reúnan las condiciones que determine el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
5. En la regulación de las modalidades de colaboración establecidas en los apartados 1, a, b y d del apartado 1 y en el apartado 4 del presente artículo se armonizará el interés particular por la mejora de prestaciones y medios de asistencia con las exigencias de la solidaridad nacional.