18 de marzo de 2009

COMUNICADO SERVICIOS MEDICOS

SERVICIOS MÉDICOS
Para mejorar la actividad del servicio médico os comunicamos los horarios de asistencia:

* Reconocimientos Médicos y extracciones de sangre de 7,30 a 10,30
* Consulta Médica y de enfermería de 11 a 12,30 (Cuando por problemas de trabajo no se pueda acudir en el horario establecido se podrá solicitar consulta por teléfono) Para solicitar recetas (estrictamente para titulares) podéis hacerlo llamando por teléfono al 49401 o bien a través de correo electrónico al Medico de empresa y recoger las recetas a última hora de la mañana o por la tarde.
* Entrega y recepción de EPI oculares diariamente de 12,30 a 14
* Realización de moldes para EPI auditivos los martes y viernes de 12,30 a 13,30 El personal en turno de tarde podrá acudir a consulta de 16 a 17 horas. Desde el servicio médico, agradecemos de antemano la colaboración de todos.

11 de marzo de 2009

PERSONAL DE JORNADA ORDINARIA

El lunes 9 de marzo personal de jornada ordinaria no hizo uso del comedor de empresa en protesta por la eliminación de las condiciones de asistencia sanitaria que desde hace mas de 30 años recibían familiares y trabajadores del C.I. de Cartagena.

2 de marzo de 2009

CÓDIGO QR SECCIÓN SINDICAL USO REPSOL PETRÓLEO

El buen uso de las últimas tecnologías agiliza y amplia el radio de comunicación así como el ahorro en material utilizado normalmente para la publicación de comunicados u otras informaciones de interés, hemos añadido código QR con la dirección WEB de nuestro blog, que puede ser leído por dispositivos móviles como teléfonos u otros dispositivos electrónicos mediante lectores gratuitos de código QR instalados en estos, el desarrollo y mantenimiento de este blog se realiza sin ningún coste económico.

1 de marzo de 2009

AHORRA PAPEL ANTES DE IMPRIMIR PIENSA BIEN SI ES NECESARIO




Todos los comunicados , bolentines e información de intereses se publicara en soporte digital para su consulta y divulgación en el tiempo contribuyendo al ahorro de papel.

http://hl35.dinaserver.com/hosting/fuso.es/uso/content/view/9946/219/




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28 de febrero de 2009

BENEFICIO NETO 2008

Repsol obtuvo un beneficio neto en 2008 de 2.711 millones de euros.

COMUNICADO DE LA EMPRESA REPSOL PETROLEO CARTAGENA

COMUNICADO REPSOL PETROLEO CARTAGENA
Póliza de asistencia sanitaria

Una vez desaparecido el régimen de colaboración voluntaria con la Seguridad Social en asistencia sanitaria derivada de enfermedad común y accidente no laboral y no resultando posible la concertación de un sistema similar con el Servicio Murciano de Salud de la Región de Murcia, a partir del próximo 1 de marzo, en que vence la segunda prórroga autorizada por la administración regional para continuar prestando asistencia sanitaria en el Centro Médico, será de aplicación, también para los trabajadores del centro de trabajo de Cartagena, la ayuda sanitaria reconocida en el artículo 60 de nuestro convenio colectivo, por lo que:

"El trabajador podrá optar por la percepción en metálico de la subvención o su inclusión en la póliza de asistencia sanitaria que con una compañía externa se concierte, corriendo por su cuenta el abono del exceso de coste de la cuota por beneficiario sobre la subvención.

" En consecuencia, a partir de dicha fecha, todos los trabajadores que así lo deseen, pueden darse de alta conjuntamente con sus beneficiarios en la póliza de Sanitas a través de intranet, con la siguiente ruta de acceso:

Portal del empleado > Beneficios>Seguros de salud y vida>Asistencia sanitaria en Repsol Petróleo>procedimiento de alta en póliza Sanitas> utilizar el link que figura al final de la página que nos lleva al portal de Sanitas.

Seguidamente, haremos un clic en tramitar alta> Procedimiento de contratación Repsol Petróleo, S.A.

Si la solicitud se realiza en el mes de febrero, debe señalarse que la contratación es "mes siguiente" para que la póliza tenga validez a partir del 1 de marzo de 2009 y evitar que se repercuta al trabajador el coste del mes de febrero completo.

En caso de ejercer el derecho de opción por la póliza de asistencia sanitaria, conviene señalar lo siguiente:

* No se admiten situaciones mixtas, de cobro de ayuda sanitaria e inclusión en la póliza del mismo titular.

* El coste por beneficiario y mes es de 9,90 EUR (valor 2008 actualizable con la firma del Convenio Colectivo 2009), que será retenido en la nómina mensual.

* Antes de iniciar la contratación online de la póliza se debe verificar que los datos personales, familiares y de domicilio figuran correctamente en la ficha personal

* El suplemento dental opcional Dentisanitas es a cargo del empleado y se abona a través de la cuenta corriente del interesado

* La póliza sanitaria cubre los hijos hasta el último día del mes en que cumplan 26 años (a no ser que tengan declarada discapacidad, en cuyo caso seguirán dados de alta)

* La póliza de Sanitas contratada no tiene periodos de carencia ni preexistencias (No se tendrán en cuenta las enfermedades existentes a la fecha de alta) Si se desea una información más precisa sobre la póliza se puede consultar repsolnet o bien realizar la consulta al SAE.

Los trabajadores que opten por el abono de la subvención de la ayuda sanitaria que prevé el Convenio Colectivo vigente (19,68 EUR por beneficiario y mes - valor 2008 actualizable con la firma del Convenio Colectivo 2009) deberán comunicarlo por escrito al "sae@repsol.com" o fax 913487801. Estas cantidades, de acuerdo con la legislación vigente, están sometidas a retención a cuenta del IRPF.

A fin de dar cumplimiento a las previsiones del Convenio Colectivo, a los trabajadores que el día 27 de marzo no hayan ejercido el derecho de opción, les será aplicada la subvención de la ayuda sanitaria. Los trabajadores con contrato de duración determinada percibirán, por defecto, la subvención por ayuda sanitaria que prevé el Convenio Colectivo.

A título informativo, Sanitas tiene conciertos en la región de Murcia, entre otros, con la sociedad médica Virgen de la Caridad.

La Dirección de la Empresa reitera que el objetivo de sus actuaciones ha sido el de facilitar en las mejores condiciones posibles la asistencia sanitaria a los trabajadores del C. I. Cartagena, dentro del cumplimiento de la legislación vigente y de lo establecido en Convenio Colectivo.

23 de febrero de 2009

PRÁCTICAS CONTRA-INCENDIOS INTERNAS (ACTUALIZADO)

Para el personal sujeto a la realización de prácticas C.I se convocaran durante el año varias ediciones para cada una de las 5 prácticas, cada práctica tendrá un contenido diferente por lo que se recomienda la asistencia a cada práctica en las fechas señaladas para una adecuada formación .

En el caso de no poder ser así ,se podrá repetir práctica con el fin de completar el numero de 5 prácticas anuales realizadas (15 horas anuales) , la practica repetida dentro de las 5 practicas anuales se abonará igualmente.

La empresa por su parte nos comunica que:

Recomendara hacer las prácticas en las fechas señaladas.
Trabajara para intentar que no se repitan prácticas.
Se comunicara con las personas que repitan practica para informarles de la conveniencia de no repetirlas.




Antiguo parque de seguridad.

20 de febrero de 2009

TRIENIOS Y COBRO DE ATRASOS ANTIGUEDAD

Tras los actos de conciliación, donde no hubo acuerdo, el sindicato USO ha interpuesto demanda ordinaria de cantidades y derechos contra Repsol Petróleo en base a la sentencia del Supremo donde se reconoce el derecho al cobro de atrasos y la eliminación de la doble escala salarial de la antigüedad.

Se ha señalado como primera fecha para la celebración de los juicios el día 5 de octubre.

19 de febrero de 2009

USO REPSOL INFORMA


LA ELIMINACIÓN DE LA DOBLE ESCALA SALARIAL EN LA ANTIGÜEDAD EN EL GRUPO REPSOL, MÁS CERCA

El Tribunal Supremo, nos ha notificado en Febrero de 2009, auto no admitiendo el incidente de nulidad de actuaciones interpuesto por REPSOL-BUTANO contra la sentencia del Tribunal Supremo, que declaraba la nulidad de la Doble Escala Salarial en la antigüedad.

El Auto del Tribunal Supremo, rechaza los argumentos de Repsol, razonando “se podrá discrepar, y ello es perfectamente legítimo, de la solución judicial dada por la sala a la cuestión litigiosa de autos pero lo que no se puede atribuir a la misma es alguno de los defectos que la hagan susceptible de ser anulada por este Tribunal”.

El dictamen del Ministerio Fiscal, también fue en la misma dirección, siendo Repsol condenada en costas.

Ya solo queda que el Tribunal Constitucional dicte sentencias, unificando doctrina jurídica sobre la Doble Escala Salarial en la antigüedad en el Grupo Repsol.

Resulta evidente que la constancia y el buen trabajo jurídico de USO, esta dando resultados muy positivos, que nos hacen ser optimistas para erradicar la desigualdad y la discriminación económica de los trabajadores y trabajadoras del Grupo Repsol ingresados después de 1995.

CC.OO.-U.G.T. CON EL V ACUERDO MARCO PUEDEN AYUDAR

Sin duda CC.OO y UGT firmantes con algunos otros sindicalistas en su día de la Doble Escala Salarial en la antigüedad, pueden ayudar a restituir el derecho de igualdad ganado por USO en los Tribunales.

Si se cumple el compromiso de la empresa, y desiste de sus recursos al Tribunal Constitucional, sin duda que se agilizará la solución final y el cobro de los atrasos correspondientes a los trabajadores y trabajadoras.

Desde la USO, saludamos el cambio de criterio de CCOO y UGT, que ahora con las sentencias del Tribunal Supremo parecen entender que mantener la Doble Escala Salarial en la antigüedad por más tiempo, es intolerable.

En USO seguiremos trabajando para conseguir eliminar la Doble Escala Salarial en la antigüedad, pues resulta evidente que la solución definitiva, depende de la unificación de doctrina y del trabajo jurídico de USO. Paralelamente, la USO en el Grupo Repsol, sigue trabajando sindicalmente para construir una opción sindical diferente que aumente su presencia en los Comités de Empresa y en las Mesas Negociadoras, como garantía para la defensa de los intereses y derechos de los trabajadores y trabajadoras del Grupo Repsol, con firmeza y eficacia.


¡¡¡ORGANIZATÉ CON LA USO Y PARTICIPA EN LA CONSTRUCCIÓN DE LA ALTERNATIVA SINDICAL LIBRE, AUTÓNOMA E INDEPENDIENTE QUE NECESITAMOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL GRUPO REPSOL!!!
¡DEFIENDE TUS DERECHOS CON LA USO!
¡¡¡TUS DERECHOS, NUESTRO TRABAJO!!!

MADRID, FEBRERO DE 2009 SECCIÓN SINDICAL USO-GRUPO REPSOL