Hoy, 29 de julio de 2025, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto‑Ley que modifica el Estatuto de los Trabajadores y amplía los derechos laborales vinculados a la conciliación familiar, en línea con la normativa europea.
Hoy, 29 de julio de 2025, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto‑Ley que modifica el Estatuto de los Trabajadores y amplía los derechos laborales vinculados a la conciliación familiar, en línea con la normativa europea.
Tras el aplazamiento del SIMA realizado en julio y como adelantamos en febrero (Ver enlace), hoy se ha celebrado un segundo intento de mediación, acordado por unanimidad que los permisos por fuerza mayor deben sean abonados al 100%, abonado lo retraído desde la entrada en vigor, quedando el compromiso de estar a lo que resuelva el Tribunal Supremo ante el recurso de la Sentencia de la Audiencia Nacional.
USO consigue la primera sentencia
donde se declara que el derecho al permiso previsto en el art. 37.9 del
Estatuto de los Trabajadores por situaciones de fuera mayor debe ser
retribuido.
Desde el 30.06.2023, con el art. 48.bis del Estatuto de los Trabajadores, se tiene derecho a solicitar hasta 8 semanas de permiso parental por cuidado de menores, siendo un permiso de carácter no retribuido.