En España, USO es el único sindicato a nivel estatal que dispone de Caja de Resistencia y Solidaridad para apoyar económicamente a los afiliados y afiliadas en las situaciones en las que, en el transcurso de su vida laboral, se encuentran inmersos en especiales dificultades, ya sea defendiendo con una huelga sus legítimas aspiraciones y reivindicaciones sociales, económicas y sindicales o, cuando fruto de represalias empresariales o de errores profesionales de los que nadie estamos exentos, se ven afectados por sanciones.
Huelga o cierre patronal
La cuantía de las prestaciones a las que el afiliado o afiliada tiene derecho se establecen en función del cómputo de la antigüedad como cotizante. A estos efectos, la antigüedad en el sindicato comienza a contar desde el día en el que se formaliza la afiliación, debiendo tener abonada la cuota correspondiente para tener derecho a la prestación. Las cuantías serán las siguientes para la afiliación en cuota A*:
Sanciones y despidos
En caso de despido o sanción por causas sindicales constatadas, o de sanción derivada del ejercicio profesional, la CRS abonará en concepto de prestación económica cantidades para cubrir el vacío económico hasta la celebración de los juicios o resolución de los despidos. En ambos casos, si la sentencia de despido es improcedente o nulo o si la sentencia le reconoce el derecho a cobrar su salario, se deberá proceder a la devolución de las cantidades adelantadas por la CRS.
Invalidez o fallecimiento
La cobertura por invalidez permanente, fallecimiento en accidente extralaboral o por violencia de género, varía según el tipo de cuota, siendo las cuantías a indemnizar para la cuota A*:
Las situaciones de violencia que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados por la CRS se acreditarán con la orden de protección a favor de la víctima. No obstante, conociendo las dificultades a las que se enfrentan las víctimas hasta llegar a obtener esta orden de alejamiento, se considera suficiente la excepcionalidad de la Ley, aceptándose la aportación del informe pericial en el que se recoja que hay indicios de ser víctima de violencia de género. Varía según el tipo de cuota, siendo las cuantías a indemnizar para la cuota A*:
* Consulta en tu sección sindical la cuantía para otro tipo de cuota.
** Según Reglamento de la CRS.
Aquí puedes acceder al reglamento de la Caja de Resistencias para más detalles