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17 de febrero de 2012

USO Informa

Compañeras/Compañeros:

Hemos recibido quejas vuestras por el frío que hace en el vestuario y las corrientes de aire que hay, estamos tratando el tema casi todos los días con la empresa, como veréis se están tomando medidas para intentar paliar provisionalmente el frío que hace, sobre todo a las 6:00 de la mañana. No obstante la empresa esta estudiando un proyecto para cambiar o modificar el sistema y erradicar el problema del frío.

Un saludo.

29 de noviembre de 2011

APROBADO REAL DECRETO QUE PREVEE COEFICIENTES DE REDUCTORES TRABAJOS PENOSOS, TOXICOS O PELIGROSOS.

EL 18 DE NOVIEMBRE SE APROBO EL REAL DECRETO QUE REDUCIRA LA EDAD DE JUBILACIÓN DE LOS TRABAJADORES SOMETIDOS A TRABAJOS PENOSOS,TOXICOS O PELIGROSOS ,QUE REGISTREN ÍNDICES ELEVADOS DE MORBILIDAD O MORTALIDAD.

El Real Decreto eleva la edad de jubilación progresivamente hasta los 67 años y el periodo de cómputo para calcular la pensión a 25 años.

El Real Decreto prevee coeficientes reductores de la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social, en el caso de trabajos que por ser excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos, registren índices elevados de morbilidad o mortalidad.

El procedimiento que aprueba este nuevo texto legal exige estudios previos de siniestralidad, penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones del trabajo, de qué forma inciden en las bajas laborales que generan en los trabajadores y los requerimientos físicos exigidos para desarrollar la actividad laboral de que se trate.

3 de septiembre de 2009

TRABAJO A TURNO Y EL CANCER

El trabajo a turno ,el refino de petróleo junto con otros agentes como la luz ultravioleta, están incluidos en el grupo 2A de la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer IARC, agencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Ya hay suficientes evidencias de que el trabajo nocturno perjudica a la salud en ambos sexos , los trabajadores nocturnos sufren de envejecimiento prematuro, alteraciones cardiovasculares , digestivas, del sueño ,estrés y migrañas... .

En estudios epidemiológicos realizados en los ultimos años de trabajadores/as a turno y nocturnos se observa que este colectivo tiene mayor posibilidad de desarrollar un tumor que los trabajadores de jornada ordinaria, en las mujeres se ha observado un aumento de cancer de mama en trabajadoras que han estado a turno durante muchos años ,aunque serán necesarios más trabajos para confirmar este hecho los informe concluye que trabajar por la noche puede alterar ritmo circadiano y aumentar las probabilidades de desarrollar un tumor.

El trabajo nocturno altera los ritmos circadianos e inhibe la producción de melatonina, una hormona que puede influir en el desarrollo del cáncer.

Algunas hipótesis hablan que la exposición a la luz tanto artificial como solar crea alteraciones en la generación de melatonina.

La IARC clasifica los agentes ,mezclas o condiciones de exposición basándose en estudios científicos en cuatro grupos. En estas lista sólo se incluyen los agentes evaluados por lo tanto no son completas.

Grupo 1: Carcinógeno para el ser humano.

Grupo 2:

A: Probablemente carcinógeno para el ser humano.

B: Posiblemente carcinógeno para el ser humano.Agentes, mezclas o condicones de exposición cuando existen pruebas limitadas de carcinogenicidad en humanos y pruebas suficientes en animales de carcinogenicidad.

Grupo 3: No puede ser clasificado respecto a su carcinogenicidad para el ser humano.

Grupo 4: Probablemente no carcinógeno para el ser humano.

Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer IARC

Overall Evaluations of Carcinogenicity to Humans
List of all agents, mixtures and exposures evaluated to date

Group 2A: Probably carcinogenic to humans (63)
Exposure circumstancesArt glass, glass containers and pressed ware (manufacture of) (Vol. 58; 1993)

Carbon electrode manufacture (Vol. 92; in preparation)

Cobalt metal with tungsten carbide (Vol. 86; 2006)

Hairdresser or barber (occupational exposure as a) (Vol. 57, Vol. 99; in preparation)

Petroleum refining (occupational exposures in) (Vol. 45; 1989) REFINADO DE PETROLEO

Shiftwork that involves circadian disruption (Vol. 98; in preparation) TRABAJO A TURNO QUE IMPLIQUE ALTERACIONES DEL RITMO CARDIACO

Sunlamps and sunbeds (use of) (Vol. 55; 1992)

DINAMARCA 38 mujeres indemnizadas por desarrollar cancer de mama al trabajar 20 años a turno.
http://www.expansion.com/2009/03/25/entorno/1238014171.html

Iarc agentes ,mezclas y condiciones de exposición grupo 2A
http://monographs.iarc.fr/ENG/Classification/crthgr02alist.php

http://news.bbc.co.uk/2/hi/uk_news/scotland/7945145.stm

http://www.ohcow.on.ca/resources/handbooks/shiftwork/Shiftwork.pdf


REAL DECRETO 1561/1995, DE 21 DE SEPTIEMBRE,SOBRE JORNADAS ESPECIALES DE TRABAJO

CAPITULO IV

Trabajo nocturno
Artículo 32.

Excepciones a los límites de jornada de los trabajadoresnocturnos.1. La jornada de trabajo máxima de los trabajadores nocturnos establecida enel párrafo segundo del apartado 1 del artículo 36 del Estatuto de losTrabajadores sólo podrá superarse, mediante la realización de horas extraordinarias o la ampliación del período de referencia de quince días previsto en el mismo, con sujeción a las condiciones y límites que seestablecen en el presente artículo, en los siguientes casos:

a) En los supuestos de ampliaciones de jornada previstos en el capítulo II deeste Real Decreto.

b) Cuando resulte necesario para prevenir y reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes.

c) En el trabajo a turnos, en caso de irregularidades en el relevo de los turnos por causas no imputables a la empresa.

ESTATUTOS DE LOS TRABAJADORES

Artículo 36. Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo.

1. A los efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de lamañana. El empresario que recurra regularmente a la realización detrabajo nocturno deberá informar de ello a la autoridad laboral.La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá excederde ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia dequince días. Dichos trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias.

2. El trabajo nocturno tendrá una retribución específica que sedeterminará en la negociación colectiva, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza o se haya acordado la compensación de este trabajo por descansos.

3. Se considera trabajo a turnos toda forma de organización del trabajoen equipo según la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes en un período determinado de días o de semanas.En las empresas con procesos productivos continuos durante las veinticuatrohoras del día, en la organización del trabajo de los turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador estará en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripciónvoluntaria.Las empresas que por la naturaleza de su actividad realicen el trabajo en régimen de turnos, incluidos los domingos y días festivos, podrán efectuarlo bien por equipos de trabajadores que desarrollen su actividad por semanas completas, o contratando personal para completarlos equipos necesarios durante uno o más días a la semana.

4. Los trabajadores nocturnos y quienes trabajen a turnos deberán gozar en todo momento de un nivel de protección en materia de saludy seguridad adaptado a la naturaleza de su trabajo, incluyendo unos servicios de protección y prevención apropiados, y equivalentes a los de los restantes trabajadores de la empresa.El empresario deberá garantizar que los trabajadores nocturnos que ocupe dispongan de una evaluación gratuita de su salud, antes desu afectación a un trabajo nocturno y, posteriormente, a intervalos regulares, en los términos que se establezca en la normativa específicaen la materia. Los trabajadores nocturnos a los que se reconozcanproblemas de salud ligados al hecho de su trabajo nocturno tendrán derecho a ser destinados a un puesto de trabajo diurno que exista enla empresa y para el que sean profesionalmente aptos. El cambio depuesto de trabajo se llevará a cabo de conformidad con lo dispuestoen los artículos 39 y 41, en su caso, de la presente Ley.

5. El empresario que organice el trabajo en la empresa según uncierto ritmo deberá tener en cuenta el principio general de adaptacióndel trabajo a la persona, especialmente de cara a atenuar el trabajo monótono y repetitivo en función del tipo de actividad y de las exigenciasen materia de seguridad y salud de los trabajadores. Dichas exigencias deberán ser tenidas particularmente en cuenta a la hora dedeterminar los períodos de descanso durante la jornada de trabajo.

7 de agosto de 2009

INFORMACIÓN MINISTERIO DE SALUD GRIPE A H1N1

http://www.msc.es/servCiudadanos/alertas/gripeAH1N1.htm

¿Cómo se contagia el virus de la gripe pandémica A/H1N1 2009?

La transmisión de la Gripe pandémica A/H1N1 2009 se produce de la misma manera que la gripe estacional.

Los virus de la gripe se transmiten a través de las pequeñas gotas que salen de la nariz o de la boca cuando una persona enferma de gripe tose o estornuda sin taparse la nariz y la boca con un pañuelo.Estas pequeñas gotas y los gérmenes que contienen pueden propagarse a las personas que están cerca y las respiran.

También si una persona tose o estornuda en la mano, estas pequeñas gotas y los gérmenes que contienen pueden transmitirse de su mano a cualquier superficie que toque y pueden pervivir en esta superficie durante un tiempo.

Objetos cotidianos como barandillas, manivelas de puertas, teclados y ratones de ordenador, teléfonos, etc., son las superficies más comunes donde puede encontrarse el virus de la gripe.

Si otra persona entra en contacto con estas superficies y después se toca la cara, los gérmenes pueden entrar en su organismo e infectarse.Es así como se contagian los virus de la gripe, incluyendo el de la gripe pandémica A/H1N1 2009.

En ningún caso se transmite por vía digestiva, por lo tanto no hay problemas con el consumo de la carne de cerdo.