31 de diciembre de 2008

Dictada sentencia desfavorable sobre la doble escala salarial en Repsol Química

Nota de USO Industria

Incomprensiblemente el Tribunal Supremo nos acaba de notificar sentencia desfavorable contra la doble escala salarial en Repsol Química desestimando nuestro recurso, a diferencia de lo resuelto sobre el mismo tema en Repsol Petróleo y Repsol Butano.
En una primera valoración de la sentencia y de su fundamentación jurídica consideramos que la misma:
Vulnera el derecho de tutela judicial efectiva no entrando a valorar, razonar y fundamentar nuestro recurso sobre la vulneración del artículo 14 de la Constitución Española (derecho de igualdad), como sí se hizo con los convenios de Petróleo y Butano.
Contiene la incongruencia y el error de reconocer en el fundamento de derecho 2º la existencia de dos regímenes de determinación de la antigüedad para el personal ingresado antes del 31 de diciembre de 1994 más favorable que el que se aplica para el personal ingresado con posterioridad, y en el fundamento de derecho 4º decir que no estamos ante dos regímenes de antigüedad diferente y abiertos al futuro con carácter permanente, si no que se trata de la conservación de los importes que ya se venían percibiendo desde el 1 de enero de 1995.
Los servicios jurídicos de la USO, ante el contenido jurídico de la sentencia y la contradicción de ésta con los fundamentos jurídicos de las de Repsol Petróleo y Repsol Butano, procederemos de inmediato al anuncio de recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, pues es inexplicable este fallo en el Convenio de Química, donde más clara está la doble escala salarial en la antigüedad, incluso con dos tablas de retribución de la antigüedad en los anexos salariales del Convenio.