4 de octubre de 2017

FIRMADO EL PREACUERDO IX ACUERDO MARCO REPSOL

Os adjuntamos Preacuerdo y conclusiones que hemos podido obtener del Preacuerdo del IX Acuerdo Marco firmado ayer día 3 de octubre. Para cualquier aclaración nos tenéis a vuestra disposición.

Un saludo



13 de junio de 2017

COMUNICADO EXCLUIDOS DE CONVENIO


SALIENTE DE NOCHE



SALIENTE DE NOCHE 

En la pasada Comisión de Garantía del 10/11/2016, USO trasladó a la Comisión de Garantía el incumplimiento detectado para el caso de saliente de noche, establecido en el Art. 33.2.13 del Convenio, cuando un trabajador que está en turno de tarde y tiene que prolongar su jornada pasando a turno de noche.

El saliente de noche era una garantía que tenían los trabajadores a turnos en las Normas del Turno anteriores al 6º Turno, pero cuando se trasladó al Convenio, se hizo de forma ambigua, permitiendo que la empresa retuerza su interpretación al considerar que no se aplica a los trabajadores que cambian el turno de tarde a noche.

Mientras no se corrija o se plantee en la negociación, la aplicación actual es:

Incidencia del Turno que se cubre a 12 horas (sin disponible): El turno de tarde pasa a hacer de 18:00 a 06:00. Si al día siguiente tiene que hacer el turno de tarde que tenía previsto:

- Si hay disponible: El disponible hace la 4 horas primeras (14:00 a 18:00) y el trabajador del turno de tarde de 18:00 a 22:15.
- Si no hay disponible:
o El trabajador de mañana debería prolongar su jornada hasta las 18:00, garantizando el descanso de 12 horas al trabajador de turno de tarde, que trabajaría de 18:00 a 22:15.
o Sólo en supuestos excepcionales que el trabajador de mañana no pueda prolongar su jornada, el trabajador vendrá en su turno de tarde a las 14:00, acumulando 4 horas por falta de descanso diario y en su caso, compensación económica.

Disponible que viene a cubrir una incidencia en turno de noche. Al día siguiente, si tiene una cobertura programada: Descansará 12h y realizará la cobertura.

En caso de NO tener programada cobertura, DESCANSARÁ (dejando de estar disponible hasta el día siguiente a las 05:00) y se dará el día por trabajado (disponible trabajado).

Al no existir contingente habilitado en el Gestor de Tiempos para el saliente de noche, enviar correo a línea de mando y a RPCARTAGENAGESTIONDETIEMPOS/rpcartagenagestiem@repsol.com, indicando que al tras trabajar en turno de noche como disponible y no tener incidencia prevista, se descansa, debiendo contabilizarse como disponible trabajado.

25 de abril de 2017

COMUNICADO EXCLUIDOS DE CONVENIO

COMUNICADO – EXCLUIDOS DE CONVENIO

Debido a las continuas consultas o sugerencias que recibimos sobre temas concernientes al colectivo de trabajadores excluidos de convenio, os trasladamos lo siguiente:

 Recordaros que el Estatuto de los Trabajadores, así como el resto de legislación vigente y el convenio colectivo ampara a TODOS los trabajadores. Los trabajadores “excluidos de convenio” deben disfrutar de todas las protecciones legales, descansos mínimos de 12 horas entre jornadas, descansos semanales, licencias, preaviso, conciliación, etc., con la única particularidad del tratamiento económico y GxC, así como el nuevo modelo de progresión profesional.

 En caso de realizar horas extraordinarias (prolongación de la jornada ordinaria diaria), éstas deben ser compensadas para no superar la jornada anual (1.695 horas/año para jornada ordinaria) o en su caso computarlas y cotizar por las 80 HH.EE. máximas que permite el Art. 35 del Estatuto de los Trabajadores.

 Tanto el retorno a convenio como la inclusión en el mismo, caso de no haberlo estado con anterioridad, están contemplados y regulados en la disposición adicional sexta del convenio colectivo.

Desde USO estamos reclamando responsabilidad a nuestra empresa y estamos trabajando para que aporte mensualmente la jornada realizada, que informe de las planificaciones en paradas de mantenimiento, del teletrabajo, etc., con el único fin de fiscalizar que todos los trabajadores cumplan su jornada anual. En su caso, no dudaremos en denunciar las irregularidades que detectemos, dando traslado a la Inspección de Trabajo que actualmente está en una campaña específica para el “control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias” (Instrucción 3/2016).

Sabedores de que las relaciones entre el colectivo de trabajadores excluidos y los representantes de los trabajadores no son percibidas dentro del ámbito de la normalidad como sería de esperar, os reiteramos nuestro ofrecimiento para solventar cualquier duda o canalizar vuestras sugerencias.

8 de febrero de 2017

COMUNICADO DESPIDO COLECTIVO Y XII CONVENIO

COMUNICADO DESPIDO COLECTIVO Y XII CONVENIO

Tras numerosas modificaciones de la fecha de reunión de la Comisión de Garantía que debía realizarse tras la paralización de los procesos de modificación de estructuras el día 20 de diciembre, ayer día 7 de febrero nos reunimos en Madrid, aprovechando dicha reunión para la constitución de la Mesa Negociadora del XII Convenio Colectivo de Repsol Petróleo.

Respecto a la Mesa Negociadora, desde la USO manifestamos la necesidad de convocar y comenzar a trabajar con las Mesas Técnicas del Turno, Jornada Ordinaria y la de Ayuda Escolar y Becas, aunque la empresa manifestó la intención, acordada en reuniones previas con STR, CC.OO. y UGT, de paralizar la negociación hasta la firma del IX Acuerdo Marco. No podemos entender que ni empresa ni firmantes quieran avanzar en temas pendientes de mejora y aclaración de los colectivos de Repsol Petróleo como 6º turno, Jornadas Flexibles, Jornada Continuada, etc., quedando paralizados hasta la firma de un Acuerdo Marco en el que nada se habla de los temas comentados.

Tras realizar el Acta de Constitución de la Mesa Negociadora (adjuntamos), la empresa tomó la palabra para manifestar su postura sobre los problemas planteados en el mes de diciembre sobre los procesos de modificación de estructura.

La empresa nos da la razón cuando manifestamos que el umbral de los 72 despidos deben ser en todo su ámbito de aplicación (los 4 CC.II. y Madrid) y que las vacantes que se han ido produciendo van a computar, ajustándose al acuerdo del despido colectivo, planteando finalmente 71 puestos. Aunque la empresa no presenta ninguna documentación ni información sobre el desglose y la afectación de las extinciones de cada Centro de Trabajo, STR, CC.OO. y UGT manifiestan estar de acuerdo con la solución planteada.

Aunque la USO firmó el Acuerdo del 13 de julio, debemos cambiar nuestro criterio por los siguientes motivos:

- No disponemos de la información que nos establezca los trabajadores/as que van a estar afectados por el despido colectivo, ya sea por renovación de perfiles en los que debe existir un contrato para la sustitución del afectado, como las posiciones a amortizar, que son los trabajadores despedidos sin contrato.

- Según lo manifestado por la empresa, la solución es retirar del cómputo a los excedentes que van a estar afectados por el despido colectivo y suman las posiciones de estructura que habían colocado en exceso en cada Centro de Trabajo, estando por tanto dentro del umbral acordado de 72. El problema radica es que, según nuestro criterio, los excedentes afectados por el despido colectivo deben de computar por lo que no es una solución para ajustarse a lo acordado. Tanto en las comunicaciones de estructura como en la comisión de garantía del 10/11/2016 se computaban los excedentes. Adjuntamos tabla en la que faltaba el cómputo de los puestos de Madrid:



Cómo es posible que ahora acepten que los excedentes no computan para el umbral de los 72?

- Aunque cuando se plasmó el Despido Colectivo en el Acuerdo Marco fue la parte social (STR, CC.OO. y UGT) la que reclamó la inclusión del mismo de los Complejos y lo vendió como un gran logro, descubrimos que la empresa tiene como objetivo final los cambios estructurales en Equipos Estáticos, que todo parece indicar que son irreversibles y parecen el comienzo de una nueva política de la empresa en el Departamentos de Mantenimiento.

Como podéis ver en el Acta adjunta, el siguiente paso es iniciar de nuevo el proceso del Art. 74.j con los Comités de Empresa de cada centro, donde se comunican las modificaciones de estructura propuestas. Todo nos hace pensar que van a ser las mismas, pero ya con el beneplácito de la mayoría de la representación sindical.

Para cualquier duda quedamos a vuestra disposición