18 de enero de 2018

RETRIBUCIÓN VARIABLE REPSOL ENFERMEDAD COMÚN ABSENTISMO


Retribución Individual – Preacuerdo XII CC

Adjuntamos los cálculos aproximados del concepto de Retribución Individual previsto en el Preacuerdo del XII Convenio para 2018 (1,5% de la masa de salarios).

También indicamos la cantidad que minoraría por cada día computable de absentismo, que equivale al salario base por día.



El salario base a minorar por día de absentismo se ha obtenido dividiendo el salario base (15,4 pagas + Paga de Vinculación) entre 1.687 horas año y se ha multiplicado por 8,25 para calcular el salario base/día de los trabajadores a turnos.

Recordamos que según lo reflejado en el Preacuerdo, restarán TODAS LAS BAJAS POR ENFERMEDAD COMÚN que pasen de 3 días/año, salvo las que precisen hospitalización o estén específicamente excluidas (tratamiento oncológico o diálisis, riesgo para el embarazo, enfermedades raras).

CON 3 DÍAS DE ABSENTISMO COMPUTABLE, SE MINORARÍA TODO LO CORRESPONDIENTE A LA RETRIBUCIÓN INDIVIDUAL ANUAL, AUNQUE LO QUE REALMENTE NOS PREOCUPA SON LAS REPERCUSIONES DE LA IMPLANTACIÓN DEFINITIVA DEL DYD INDIVIDUAL



Sección Sindical USO
C.I. Cartagena / 968129268 - 49268
uso-rpcartagena@repsol.com

Sección Sindical USO
C.I. A Coruña / 981181440 - 11440
uso-rpcoruna@repsol.com