29 de diciembre de 2010

2º COMUNICADO JUBILACIÓNES PARCIALES CIG REPSOL STR Y USO


Compañeras y compañeros:

El pasado 14 de Diciembre fue denunciado por nosotros el VIII Convenio Colectivo de Repsol Petróleo tal como establece el Estatuto de los Trabajadores para poder constituir la mesa negociadora e iniciar las negociaciones del próximo Convenio Colectivo.

El día 21 de Diciembre y alertados por nuestros servicios jurídicos de la existencia de una remota posibilidad de que mientras dure la negociación del próximo convenio continuarían en vigor las cláusulas normativas del anterior (en particular la Disposición Transitoria Octava referente a las jubilaciones parciales), le dirigimos una carta al Director de Relaciones Laborales de Downstream solicitando la convocatoria urgente de la Comisión Negociadora.

El día 22 de Diciembre la empresa nos convoca a una reunión con objeto de “adaptar la Comisión Negociadora del Convenio de Repsol Petróleo, S.A. a los resultados de las recientes elecciones sindicales” y a continuación, si procede, prorrogar los acuerdos existentes en materia de jubilación parcial y contrato de relevo pactados en la Disposición Transitoria Octava del VIII Convenio.

El día 23 de Diciembre a las 12.30, tras debatir diversas cuestiones jurídicas al respecto de la posibilidad de prórroga de las Jubilaciones Parciales, y exponer la empresa que no existen garantías de que el Ministerio acceda a la prórroga, los sindicatos S.T.R, U.S.O y C.I.G. le entregamos a la empresa la propuesta de ACTA que se negó a firmar.

Para nosotros, y estamos convencidos de ello, lo que tiene entidad jurídica suficiente es el Convenio Colectivo y es en este ámbito donde debe propiciarse el acuerdo. La representación sindical mayoritaria hemos enviado por BUROFAX a la empresa el ACTA mencionada (adjuntamos copia), para que proceda a su firma y presentación en el Ministerio de la Seguridad Social a los efectos de prorrogar los acuerdos existentes en materia de prejubilaciones en el actual Convenio Colectivo.