21 de octubre de 2019

Retribución Flexible 2020



RETRIBUCIÓN FLEXIBLE (RF)

La retribución flexible es un sistema voluntario que permite a los empleados con más de 6 meses de antigüedad, destinar parte de la retribución dineraria bruta a productos o servicios en especie que tienen beneficios fiscales. De esta forma podemos incrementar la retribución neta, ya que la retribución flexible hace que el IRPF a pagar sea inferior.


El ahorro depende del tramo de IRPF en el que te encuentres, pudiendo llegar al 45% para salarios superiores a 60.000 € anuales. 
Importante: La RF no tiene afectación a las cotizaciones de la Seguridad Social.

Ejemplo; si un trabajador tiene 40.000 € de base imponible (después de deducciones), y en 2020 decide destinar 5.000 € a los diferentes productos de Retribución Flexible, se ahorraría 1.850 € en IRPF durante el ejercicio fiscal, al estar en el tramo del 37%. En este caso, el trabajador aporta 3.150 € del total. (Se adjunta Excel para realizar distintas simulaciones).

Aunque aún está pendiente de publicar el Reglamento 2020, inicialmente, los empleados tenemos las siguientes opciones: 

-Póliza Sanitaria. La aportación de la Empresa computa como RF si se destina a la póliza sanitaria, con un límite del 75% del total y de 500 €/año por beneficiario.

-Póliza de reembolso (Adeslas) – 16,79 € por beneficiario. Suma al límite anual anterior.  Cheque -

-Guardería – Sin límite y con renovación mensual.

-Plan de Pensiones. Aportaciones adicionales con el límite conjunto de 8.000 €/año del resto de Planes que sea titular. (Con discapacidad, 24.250 €/año)

-Plan de Adquisición de Acciones – Adquisición 1.200 a 12.000 €/año, debiendo conservarlas, al menos, durante de 3 años.

-Tarjeta transporte (sólo Madrid) El importe máximo anual a RF no puede superar el límite del 30% de la retribución anual. Tampoco puede quedar un salario inferior al Salario Mínimo Interprofesional. 

En Navarra y País Vasco, consultar limitaciones establecidas.