Celebrada asamblea condiciones laborales para las actividades de precomisionado, comisionado y puesta en marcha del proyecto C-10 Repsol Cartagena, informados sobre el preacuerdo, se realiza referéndum con participación masiva del personal afectado, dando un resultado de:
Votos NO 183
Votos SI 26
Votos EN BLANCO 2
Votos NULO 1
TOTAL VOTOS 212
LOS TRABAJADORES DE REPSOL CARTAGENA RECHAZAN EL PREACUERDO SOBRE LAS CONDICIONES DE COMISIONADO Y PUESTA EN MARCHA DE LAS NUEVAS UNIDADES EN LA REFINERIA DE CARTAGENA, PROYECTO C-10, PROPUESTAS POR LA EMPRESA.
2 de marzo de 2011
1 de marzo de 2011
COMISION CONTROL PLAN DE PENSIONES

Compañeros:
Ayer 24 de febrero, se reunió la Comisión negociadora del IX Convenio Colectivo para tratar, como único punto en su orden del día, la designación de los miembros en la Comisión de Control del Plan de Pensiones.
Como punto de partida, del saneamiento que la mayoría de los trabajadores de Repsol Petróleo consideramos necesario realizar a nuestro Plan de Pensiones, CIG, USO y STR solicitamos, de acuerdo con lo regulado en el Art. 40.2 del reglamento, la revocación del mandato de los actuales representantes de los partícipes y la designación de unos nuevos.
Sometida la propuesta a votación, se aprobó por mayoría sindical, la revocación de los actuales y la designación de los nuevos miembros de la Comisión de Control del Plan de Pensiones.
Desde la mayoría actual, conformada por STR, USO y CIG, siempre hemos defendido que, la elección de los miembros de la comisión de control del Plan de Pensiones, debe corresponder a la decisión de los trabajadores expresada mediante a unas elecciones, encontrándonos sistemáticamente con el rechazo de los sindicatos que durante años ostentaron la mayoría. Es curioso comprobar como los mismos que modificaron voluntariamente el reglamento para designar los miembros de la comisión de control desde la Comisión Negociadora, ahora que ya no ostentan la mayoría, pretendan seguir bloqueando el proceso de cambio que se ha producido tras las elecciones sindicales, y mantener indefinidamente la totalidad de los miembros de la comisión de control del plan de Pensiones.
Como todos sabéis, uno de los objetivos primordiales de CIG, USO y STR en la mesa negociadora del IX Convenio Colectivo, es la reforma de nuestro Plan de Pensiones, y ayer hemos dado el primer paso en aras a conseguirlo.
Madrid 25-Febrero-2011
25 de febrero de 2011
ACUERDO ESTRUCTURA CARTAGENA C-1O 12 AGOSTO 2010
ACUERDO SOBRE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL C.I. DE CARTAGENA CON EL PROYECTO C-10
La Empresa presenta la siguiente propuesta sobre la estructura.
1) Dimensionamiento
El dimensionamiento de la estructura presentada es de 754 puestos. Se adjunta el organigrama de la estructura.
2) Estructura
Una vez realizada la puesta en marcha de todas y cada una de las nuevas unidades y resto de departamentos afectados (seguridad, mantenimiento, operación, laboratorio, etc), la empresa realizara un nuevo estudio y contemplara igualmente las modificaciones y cambios que sean necesarios El citado estudio será trasladado a los representantes de los trabajadores con arreglo al Art. 74 del actual convenio colectivo a fin de que procedan a la emisión del informe correspondiente. Las partes se comprometen en caso de divergencia a mantener las reuniones precisas, al ser este el principio que ha presidido las negociaciones del actual preacuerdo.
3) Áreas de trabajo y cobertura
Anexo 2
4) Reten de producción
Se mantendrá el reten de producción en las áreas donde actualmente existen La empresa se compromete, una vez instituida la nueva estructura, puesta en marcha y estabilizadas las nuevas unidades (según punto 2). a consultar a los trabajadores sobre el sistema de cobertura que deseen (grupo de apoyo o reten), refrendándose el procedimiento a aplicar en la Comisión del Turno. Este compromiso queda supeditado a cualquier acuerdo de rango superior
5) Niveles típicos
El comité de empresa o la empresa remitirán a la Comisión de Garantía o a Comisión Negociadora del Convenio Colectivo la calificación de los nuevos puestos de estructura creados.
6) Condiciones movilidad funcional
Como consecuencia de la aplicación de esta estructura organizativa los cambios de puestos que se realicen a instancia de la empresa y que lleven aparejada la pérdida del devengo de pluses económicos, se les respetara a título individual en concepto de complemento personal la pérdida económica que por los citados pluses haya podido generarse.
El importe del citado complemento personal no será revalorizable y dejara de percibirse en caso de que
1) El trabajador vuelva a desarrollar su trabajo en las condiciones anteriores en cuyo caso percibirá los pluses económicos que le correspondan
2) El trabajador que promocione a un puesto de grupo profesional superior y la retribución bruta fuera superior a la percibida antes de la promoción .En caso de no ser superior, se mantendrá la diferencia resultante como complemento personal.
7) Compensación por aéreas superiores a tres puestos
Los operadores de área que conozcan y cubran más de tres puestos de su área percibirán 1 o 2 CPT en función de si desempeñan un puesto más o el área completa
8) Platformado 1
No está contemplada la puesta en marcha de Platformado 1 en el futuro C-10 Si así fuese se reforzaría la plantilla el tiempo que esté en marcha
9) Lubricantes
Aunque inicialmente la empresa presento una estructura de 5 puestos en campo para el Departamento de Lubricantes, finalmente propone como paso intermedio, 6 puestos en campo y un operador de área a jornada ordinaria.
Cartagena 12 de agosto de 2010
ANEXO 2 AREAS, PLANTILLA Y PUESTOS C-10
https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=explorer&chrome=true&srcid=0B-DK2xNiGizyNmE4NGIyMmUtODM2ZC00N2ZmLWJmNDUtZGMzMDQyMTAzOTA1&hl=es
La Empresa presenta la siguiente propuesta sobre la estructura.
1) Dimensionamiento
El dimensionamiento de la estructura presentada es de 754 puestos. Se adjunta el organigrama de la estructura.
2) Estructura
Una vez realizada la puesta en marcha de todas y cada una de las nuevas unidades y resto de departamentos afectados (seguridad, mantenimiento, operación, laboratorio, etc), la empresa realizara un nuevo estudio y contemplara igualmente las modificaciones y cambios que sean necesarios El citado estudio será trasladado a los representantes de los trabajadores con arreglo al Art. 74 del actual convenio colectivo a fin de que procedan a la emisión del informe correspondiente. Las partes se comprometen en caso de divergencia a mantener las reuniones precisas, al ser este el principio que ha presidido las negociaciones del actual preacuerdo.
3) Áreas de trabajo y cobertura
Anexo 2
4) Reten de producción
Se mantendrá el reten de producción en las áreas donde actualmente existen La empresa se compromete, una vez instituida la nueva estructura, puesta en marcha y estabilizadas las nuevas unidades (según punto 2). a consultar a los trabajadores sobre el sistema de cobertura que deseen (grupo de apoyo o reten), refrendándose el procedimiento a aplicar en la Comisión del Turno. Este compromiso queda supeditado a cualquier acuerdo de rango superior
5) Niveles típicos
El comité de empresa o la empresa remitirán a la Comisión de Garantía o a Comisión Negociadora del Convenio Colectivo la calificación de los nuevos puestos de estructura creados.
6) Condiciones movilidad funcional
Como consecuencia de la aplicación de esta estructura organizativa los cambios de puestos que se realicen a instancia de la empresa y que lleven aparejada la pérdida del devengo de pluses económicos, se les respetara a título individual en concepto de complemento personal la pérdida económica que por los citados pluses haya podido generarse.
El importe del citado complemento personal no será revalorizable y dejara de percibirse en caso de que
1) El trabajador vuelva a desarrollar su trabajo en las condiciones anteriores en cuyo caso percibirá los pluses económicos que le correspondan
2) El trabajador que promocione a un puesto de grupo profesional superior y la retribución bruta fuera superior a la percibida antes de la promoción .En caso de no ser superior, se mantendrá la diferencia resultante como complemento personal.
7) Compensación por aéreas superiores a tres puestos
Los operadores de área que conozcan y cubran más de tres puestos de su área percibirán 1 o 2 CPT en función de si desempeñan un puesto más o el área completa
8) Platformado 1
No está contemplada la puesta en marcha de Platformado 1 en el futuro C-10 Si así fuese se reforzaría la plantilla el tiempo que esté en marcha
9) Lubricantes
Aunque inicialmente la empresa presento una estructura de 5 puestos en campo para el Departamento de Lubricantes, finalmente propone como paso intermedio, 6 puestos en campo y un operador de área a jornada ordinaria.
Cartagena 12 de agosto de 2010
ANEXO 2 AREAS, PLANTILLA Y PUESTOS C-10
https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=explorer&chrome=true&srcid=0B-DK2xNiGizyNmE4NGIyMmUtODM2ZC00N2ZmLWJmNDUtZGMzMDQyMTAzOTA1&hl=es
22 de febrero de 2011
ASAMBLEA CONDICIONES TRABAJADORES C-10
LA ASAMBLEA PREVISTA PARA EL DIA 22 DE FEBRERO QUEDA APLAZADA , SE REALIZARA EL DIA 1 MARZO.
ASAMBLEA GENERAL DE TRABAJADORES
Punto único:
Condiciones laborales para las actividades de precomisionado, comisionado y puesta en marcha del proyecto C-10
Fecha: 1 de Marzo de 2011.
Convocatoria de mañana:
10:30 horas en los locales de la ACR.
Convocatoria de tarde:
17:15 horas en el Comedor del Complejo Industrial.
Se someterá a votación al finalizar cada uno de los turnos de participación.
Por la importancia del tema a tratar rogamos la máxima asistencia a esta asamblea.
21 de febrero de 2011
PRECIO BARRIL BRENT
El barril de crudo Brent cotiza por encima de los 104 dolares , maximo valor alcanzado en los dos ultimos años.
18 de febrero de 2011
PERSONAL AMPLIACION REFINERIA CARTAGENA PROYECTO C-10 CONDICIONES PRECOMISIONADO , COMISIONADO Y PUESTA EN MARCHA
ASAMBLEA GENERAL DE TRABAJADORES
Punto único:Condiciones laborales para las actividades de precomisionado, comisionado y puesta en marcha del proyecto C-10Fecha: 22 de Febrero de 2011.
Convocatoria de mañana:
10:30 horas en los locales de la ACR.
Convocatoria de tarde:
17:15 horas en el Comedor del Complejo Industrial.
Se someterá a votación al finalizar cada uno de los turnos de participación.
Por la importancia del tema a tratar rogamos la máxima asistencia a esta asamblea.
8 de febrero de 2011
ATRASOS - ANTIGUEDAD Y REGULARIZACIÓN TRIENIOS
DESE DE HOY MARTES 8 HASTA EL DÍA 21 DE FEBRERO SE PUEDEN RECOGER EN LA OFICINA DEL CENTRO DE FORMACIÓN LAS CARTAS INDIVIDUALES CON EL DESGLOSE Y CALCULO DE LOS ATRASOS EN CONCEPTO DE ANTIGUEDAD PARA SU COBRO ,ASI COMO A LA REGULARIZACIÓN DE LA ANTIGUEDAD CORRESPONDIENTE SEGUN SENTENCIA GANADA POR EL SINDICATO USO SOBRE LA ANTIGUEDAD.
7 de febrero de 2011
ANTIGUEDAD - COBRO ATRASOS
La empresa esta preparando las cartas para el cobro de las cantidades correspondientes a los atrasos por la sentencia ganada sobre la antiguedad por USO , las cartas viene con la cantidad a cobrar y un desglose personal ajustado al mes ,todo el que quiera puede pasar por la sección sindical para constrastar las cifras.
4 de febrero de 2011
PUESTA EN SERVICIO NUEVO VESTUARIO PERSONAL REFINERÍA CARTAGENA
COMITE DE EMPRESA
NOTA INFORMATIVA A TODOS LOS TRABAJADORES
Ante la puesta en servicio del nuevo vestuario y después de analizar el relevo en varias ocasiones, todas las Secciones Sindicales que componen el Comité de Empresa manifiestan:
-Las lanzaderas no cumplen un horario ni criterio único de salida, lo que en la practica esta suponiendo que aleatoriamente unas u otras salgan varios minutos tarde y en ocasiones sin la mayor parte del personal, lo que origina que el personal relevado salga tarde.
Entrando el personal a la hora prevista, el tiempo estimado (5 min.) para que salgan las lanzaderas es claramente insuficiente.
Según versa en el acta 1ª de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Relevo cumpliéndose con normalidad los horarios de llegada de los autobuses, la salida del mismo entendida esta, como el momento del fichaje en los tornos se llevara a cabo "hasta" las 6.30,14,30 y 22.30 h.
Queda demostrado en todos los relevos realizados con posterioridad a la puesta en servicio del nuevo vestuario que la inmensa mayoria de trabajadores exceden este horario de fichaje.
Según versa en el acta de fecha 22 de septiembre de 2008 de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Relevo punto 5, los retrasos que se produzcan como consecuencia del desarrollo del trabajo a turno imputables a la empresa, se compensaran económicamente y con descanso equivalente, de acuerdo a lo establecido en el convenio Colectivo, en fracciones de media hora a partir de las 06, 31, 14,31 y 22,31h., todo ello previa comunicación a la línea de mando.
Por tanto, recomendamos a todos los trabajadores que cuando fichen con posterioridad al horario regulado en el acta I" de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Relevo, dejen constancia en el sistema de gestión de tiempos de los retrasos por los que se vean afectados.
Cartagena 1 de febrero 2011
NOTA INFORMATIVA A TODOS LOS TRABAJADORES
Ante la puesta en servicio del nuevo vestuario y después de analizar el relevo en varias ocasiones, todas las Secciones Sindicales que componen el Comité de Empresa manifiestan:
-Las lanzaderas no cumplen un horario ni criterio único de salida, lo que en la practica esta suponiendo que aleatoriamente unas u otras salgan varios minutos tarde y en ocasiones sin la mayor parte del personal, lo que origina que el personal relevado salga tarde.
Entrando el personal a la hora prevista, el tiempo estimado (5 min.) para que salgan las lanzaderas es claramente insuficiente.
Según versa en el acta 1ª de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Relevo cumpliéndose con normalidad los horarios de llegada de los autobuses, la salida del mismo entendida esta, como el momento del fichaje en los tornos se llevara a cabo "hasta" las 6.30,14,30 y 22.30 h.
Queda demostrado en todos los relevos realizados con posterioridad a la puesta en servicio del nuevo vestuario que la inmensa mayoria de trabajadores exceden este horario de fichaje.
Según versa en el acta de fecha 22 de septiembre de 2008 de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Relevo punto 5, los retrasos que se produzcan como consecuencia del desarrollo del trabajo a turno imputables a la empresa, se compensaran económicamente y con descanso equivalente, de acuerdo a lo establecido en el convenio Colectivo, en fracciones de media hora a partir de las 06, 31, 14,31 y 22,31h., todo ello previa comunicación a la línea de mando.
Por tanto, recomendamos a todos los trabajadores que cuando fichen con posterioridad al horario regulado en el acta I" de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Relevo, dejen constancia en el sistema de gestión de tiempos de los retrasos por los que se vean afectados.
Cartagena 1 de febrero 2011
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