29 de noviembre de 2011
APROBADO REAL DECRETO QUE PREVEE COEFICIENTES DE REDUCTORES TRABAJOS PENOSOS, TOXICOS O PELIGROSOS.
El Real Decreto eleva la edad de jubilación progresivamente hasta los 67 años y el periodo de cómputo para calcular la pensión a 25 años.
El Real Decreto prevee coeficientes reductores de la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social, en el caso de trabajos que por ser excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos, registren índices elevados de morbilidad o mortalidad.
El procedimiento que aprueba este nuevo texto legal exige estudios previos de siniestralidad, penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones del trabajo, de qué forma inciden en las bajas laborales que generan en los trabajadores y los requerimientos físicos exigidos para desarrollar la actividad laboral de que se trate.
18 de noviembre de 2011
NEGOCIACIÓN IX CONVENIO COLECTIVO - COMUNICADO Nº 12
Comunicado Nº12
La empresa comienza la reunión, contestando a la propuesta del la 6ª persona planteada por la USO, alegando que no se adapta a la filosofía planteada por la empresa y viéndola poca operativa a la hora de su aplicación y que choca frontalmente con la propuesta planteada por la empresa basada en el 6º turno.
Así mismo, sobre la plataforma de USO nos hace saber que no la ve viable y que económicamente esta muy por encina de sus pretensiones.
La propuesta que propone la empresa sobre el 6º turno, es la misma que hizo la semana anterior, con lo cual la mayoría sindical esta en desacuerdo con dicha propuesta.
Estamos atascados en este tema y esperamos que en las próximas reuniones podamos daros alguna novedad positiva.
Se nos convoca para una nueva reunión para los días 16 y 17 de Noviembre.
En Madrid a 10 de Noviembre del 2011
9 de noviembre de 2011
REPSOL Y SK LUBRICANTS FABRICARÁN EN CARTAGENA ACEITES LUBRICANTES DEL GRUPO III
La planta, que se convertirá en la más grande de Europa en fabricación de aceites lubricantes del grupo 3 está previsto entre en funcionamiento en el año 2014.
Motores Euro 6:
A partir del 1 de septiembre de 2014 será de aplicación la NORMA EURO 6 sobre reducción de las emisiones contaminantes de los vehículos ligeros ,principalmente en lo que se refiere a las emisiones de partículas y óxidos de nitrógeno.
8 de noviembre de 2011
PARADA DE MANTENIMIENTO EN 4 UNIDADES DE LA REFINERIA DE A CORUÑA
28 de octubre de 2011
NEGOCIACIÓN IX CONVENIO COLECTIVO COMUNICADO Nº 9
Comunicado Nº 9
Ayer día 18 de Octubre hubo una nueva reunión de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo.
La Empresa manifiesta que el documento presentado por el STR sobre la 6ª letra del turno, va en consonancia con la filosofía organizativa que pretende implantar.
Dicha filosofía iría sobre unas premisas muy claras y que serian
- Que dicho acuerdo seria de aplicación a todos los Complejos Industriales
-Implicaría absorber el grupo de reserva / apoyo y plus de retén integrándolos en la sexta letra.
-Redactar una norma de turno única para todos los complejos industriales
-No aplicarlo si no existe un acuerdo con absoluta mayoría sindical, y no aceptaría que se pasara a Referéndum.
A continuación la Empresa contesta a los puntos de la propuesta presentada por STR.
USO hace saber que no está en la línea de una 6ª Letra.
La Empresa manifiesta su deseo de valorar la próxima semana el contenido económico de la propuesta.
La Empresa nos contesta sobre ciertos puntos que habíamos preguntado en la reunión anterior, manifestándose claramente en algunos y ambiguamente en otros.
Seguiremos insistiendo en los puntos de nuestra Plataforma.
Seguimos pensando que las negociaciones van muy lentas, así se le hace saber por la parte social, pidiendo más días de reunión y en jornadas de mañana y tarde si es necesario.
En Madrid 18 de Octubre del 2011
13 de octubre de 2011
ACTA COMISIÓN DE CONTROL DEL PLAN DE PENSIONES
Comisión de Control del Plan de Pensiones de Repsol Petróleo
Estimados compañeros:
Hoy martes 27 de Septiembre de 2011 se ha reunido la Comisión de Control del Plan de Pensiones. En ésta reunión se ha modificado la designación del Actuario que debe revisar el cumplimiento del Plan.
Hasta la fecha la revisión era realizada de manera conjunta por todo el Grupo Repsol recayendo tradicionalmente la designación en la consultoría OBERBANK por ser la que mejor precio ofrecía.
Nosotros, entendiendo que tras 21 años designando el mismo actuario, es saludable que alguna empresa nueva revise las cuentas de nuestro Plan, hemos decidido designar a “AON HEWITT” para que realice éste trabajo lo que creemos contribuirá a obtener mejor información de la evolución del Plan así como de su futuro.
Además ante la NEGATIVA DE LA ENTIDAD GESTORA, de emitir y enviar a cada partícipe y beneficiario un CERTIFICADO con el número de participaciones que cada uno poseíamos el 31-12-2006, (dato fundamental ya que esas participaciones siguen teniendo una deducción fiscal del 40% el día que las rescatemos en forma de capital), hemos optado por formular la correspondiente denuncia ante la Dirección General de Seguros.
Saber también que tras las últimas modificaciones de la Ley es obligatorio incorporar algún representante de los Beneficiarios designado entre éste colectivo y que forme parte de la Comisión de Control. Nosotros hemos propuesto al Promotor volver a la situación de unos años a atrás donde existían 6 representantes de los partícipes y 2 de los Beneficiarios.
Asimismo hemos solicitado que en el informe anual que la Gestora envía a nuestro domicilio figure (además del nº de participaciones) la cantidad que cada beneficiario recibiría en caso de fallecimiento o Invalidez del partícipe.
En Madrid, a 27 de septiembre de 2011
22 de septiembre de 2011
24 de julio de 2011
PERSONAL DE PRODUCCIÓN A TURNO PROYECTO C-10 EN REGIMEN DE TURNOS DE 12 HORAS
En esta situación permanecerán desde el mes de julio alrededor de un centenar de trabajadores de producción a turnos hasta nuevo aviso en aplicación de lo previsto en el acuerdo de regulación de condiciones laborales para las actividades de precomisionado, comisionado y puesta en marcha del proyecto de ampliación de la refinería de Cartagena pactado y firmado por CCOO,UGT y STR.
19 de julio de 2011
COMUNICADO PLAN DE PENSIONES JULIO 2011

COMISIÓN CONTROL PLAN DE PENSIONES
Ayer día 14 de Julio se celebró la primera reunión de la Comisión de Control del Plan de Pensiones con los nuevos miembros nombrados por STR, CIG y USO. Uno de los puntos fundamentales de la reunión fue nuestra propuesta de cambio de ENTIDAD GESTORA,
desgraciadamente y como vosotros ya conocéis nuestro reglamento del Plan (firmado por
REPSOL/CCOO/UGT) impide el cambio de Gestora aún teniendo nosotros la mayoría en
la Comisión (6 representantes de 9) ya que es necesario el consentimiento del PROMOTOR (Repsol), consentimiento que por supuesto no ha dado negándose al cambio de GESTORA con el argumento (y esto es lo mejor) que GESTION DE PREVISION Y PENSIONES lo está haciendo muy bien.
Deciros que si el reglamento nos impide cambiar de Gestora no pararemos hasta cambiar el reglamento y eliminar el derecho de veto del Promotor. Nosotros tenemos muy claro que una gestora que en los últimos 10 años ha sido incapaz de mantener el poder adquisitivo de nuestros ahorros, que en el último año ha ocupado el puesto 962 de 1352 planes en el ranking de rentabilidad, que considera su contrato perfectamente “blindado” (lo de ayer ha sido una buena muestra de ello), no puede seguir gestionando nuestros ahorros.
Entre otros puntos se han llevado las mismas propuestas que tenemos en la mesa de negociación que son:
- Homologación de las aportaciones al 9 %
- Inclusión en la base reguladora de las aportaciones los pluses de turno,
nocturnidad, retén, etc.
- Aseguramiento del Plan a cargo del Promotor y no de los partícipes, como hasta ahora.
- Creación de un Subplan para los jubilados.
Asimismo hemos solicitado a la Gestora que envíe a todos los partícipes y beneficiarios, un CERTIFICADO en el que consten las participaciones que cada uno tenía el 31-12-2006.
Este certificado es importantísimo ya que en esa fecha se modificó el reglamento del IRPF, desapareciendo el derecho a desgravar el 40 % de las prestaciones que se perciban en forma de capital, pero manteniendo éste derecho para aquellas participaciones anteriores al 31-12-2006.
Además hemos solicitado que se informe anualmente a todos los partícipes no solamente
sobre sus derechos consolidados, sino sobre el CAPITAL que tiene cada uno ASEGURADO en caso de invalidez o fallecimiento.
Como podréis observar se ha iniciado una nueva etapa de trabajo y transparencia en la COMISION DE CONTROL, que sin duda redundará en una mejor gestión de nuestros ahorros.
Madrid 14 Julio de 2011
6 de julio de 2011
COMUNICADO REUNIÓN COMISIÓN DE CONTROL PLAN DE PENSIONES DE 1 JULIO DE 2011
Comisión de Control del Plan de Pensiones de Repsol Petróleo
Estimados compañeros,
En el día de hoy, se ha celebrado una reunión de la Comisión de Control del FONDO DE PENSIONES en el que están integrados todos los Planes de Pensiones del Grupo Repsol. A pesar de ser nosotros el Plan de Pensiones más importante en cuanto a representantes, a partícipes y a dinero depositado en el Fondo, los compañeros de UGT y CCOO que tienen la mayoría en el resto de Planes, aunque sean de menor entidad que el de Repsol Petróleo, nos han vetado para ocupar el puesto de Vicepresidente y nos han dejado sin representación en la Subcomisión Delegada del Fondo que esta compuesta por 8 miembros de los que 3 corresponderían a nuestro Plan de Pensiones .
Esta actitud de exclusión sistemática y gratuita (el tener nosotros representación en la subcomisión delegada no modifica para nada las mayorías) del resto de sindicatos en todo lo que concierne a la gestión y supervisión del Plan y Fondo de Pensiones no hace más que ratificarnos en nuestra propuesta de abandonar el actual FONDO DE PENSIONES REPSOL II tan deplorablemente gestionado por GESTION Y PREVISION DE PENSIONES, S.A. del que como todos ya sabéis son accionistas con un 20 % cada uno de los sindicatos CCOO y UGT.
Quizá los compañeros no se hayan parado a pensar que gran parte de su retroceso sindical en el Grupo Repsol se deba a la pésima gestión que están realizando con nuestros ahorros.
Saber que no pararemos hasta que nuestro Plan pueda ser gestionado por alguna empresa que no ocupe el nº 962 de 1.352 en el ranking de rentabilidades de Planes de Pensiones (fuente INVERCO).
En Madrid, a 01 de Julio de 2011
1 de julio de 2011
NEGOCIACIÓN IX CONVENIO COLECTIVO REPSOL PETRÓLEO - COMUNICADO Nº 4
Comunicado Nº4
La empresa nos comunica el envío de una serie de datos ( Personigrama y datos económicos 2010). Nos informa de los resultados del año 2010 de Repsol Petróleo. En este punto volvemos a mencionar sobre nuestro punto de vista en la Mesa Negociadora, USO ve a la empresa como lo que es, una petrolera integral( Repsol YPF ) y no como una parte del negocio como se nos quiere hacer ver (refino en crisis- Repsol Petróleo), dividiendo los beneficios por 8.
Se le ha vuelto a recordar a la Empresa que sigue sin contestarnos a la mayoría de los puntos de la Plataforma, elemento fundamental para empezar la negociación de los distintos aspectos de la misma.
Nos sigue pidiendo aclaración de diversos puntos de las Plataformas, tales como participación sindical, desarrollo profesional, prácticas EPCI, salud laboral, etc.
Nos contesta a algunos puntos como sigue:
Paga de vinculación: No accede a las peticiones sociales, puesto que entiende que es un concepto de fidelidad a partir de los cuatro años. Por nuestra parte se le dice que estamos en total desacuerdo, basándonos en el origen del concepto, puesto que entendemos que es masa salarial y que pertenece a todos los trabajadores del Convenio , insistimos que para USO debe ser un concepto a abonar en las mismas condiciones a todos los trabajadores. De no hacerse así, sería una discriminación más de las muchas existentes en nuestro Convenio.
Sobre la prórroga del Plan de bajas con capacidad disminuida: No acepta nuestra propuesta, diciendo que la intención de la Empresa es ir eliminando este concepto, creando así otra discriminación.
Sobre la incidencia que la Sentencia de consideración de trabajadores nocturnos pueda tener sobre nuestro Convenio Colectivo, la Empresa responde que sus Servicios Jurídicos siguen estudiando el tema, y que en un plazo de quince días a los sumo nos contestará.
Nuestro posicionamiento al respecto lo daremos una vez una vez obtenido el informe de nuestros Servicios Jurídicos, y hagamos el proceso de información y debate entre nuestros órganos, afiliados y simpatizantes.
Sobre las prácticas internas y externas del EPCI, la Empresa pregunta qué queremos decir cuando planteamos derogar todas las actas de la Comisión de Garantía que hacen referencia a este tema. Manifestamos que nuestra intención es unificar criterios de todos los C.I. y hacer un nuevo redactado del Art. 48 con todo lo referente a la regulación de este concepto, evidentemente unificando las prácticas internas y externas de todos los trabajadores.
En definitiva seguimos sin entrar en profundidad en la negociación del Convenio.
Nuestra posición en principio es el dialogo, estudio de los temas con profundidad, calma y perseverancia.
No deseamos meternos en caminos oscuros y sin salida, lo que nos lleva a ser reflexivos en los planteamientos y con amplio conocimiento de los temas a tratar.
Preferimos tratar y llegar a acuerdos en la negociación que en cualquier otro ámbito o circunstancias.
Seguiremos informando……
Madrid 29 de junio de 2011
30 de junio de 2011
NOTA INFORMATIVA COMISIÓN DE CONTROL PLAN DE PENSIONES REPSOL PETRÓLEO

21.06.2011
Estimados compañeros,
En el día de hoy, en virtud del acuerdo alcanzado en fecha 11 de mayo de 2011, por la Comisión Negociadora del IX Convenio Colectivo de Repsol Petróleo, relativo a la designación de los miembros de la Comisión de Control del Plan de Pensiones, se ha procedido al nombramiento por unanimidad de los 6 nuevos representantes de los participes quedando constituida por 4 representantes de STR, 1 de USO y 1 de CIG.
Asimismo, por unanimidad se ha procedido a la designación de los nuevos representantes del Plan en la Comisión de Control del Fondo Repsol II, quedando constituido por 2 representantes de STR, 1 de USO y 1 de CIG.
Para el próximo día 13 de julio se ha convocado reunión extraordinaria con el siguiente Orden del Día:
• Cambio de Gestora.
• Creación de un subplan y segregación de los recursos económicos a otro fondo.
• Homologación de aportaciones de todos los participes.
• Inclusión en el salario regulador de los pluses de turnicidad, nocturnidad, reten, etc.
• Pago del coste del aseguramiento por parte de la empresa.
En Madrid, a 21 de junio de 2011
28 de junio de 2011
CALENDARIO DE REUNIONES CON LA EMPRESA
6 de junio
17 de junio
28 de junio
El comité de seguridad y salud laboral se reunió el dia 22 de junio (reunión trimestral).
Entre otros temas se ha tratado con la empresa las numerosas quejas que se están recibiendo por parte del personal de PRODUCCIÓN sobre la interpretación que la empresa está haciendo sobre el ACUERDO DE LAS CONDICIONES DEL PERSONAL DESTINADO AL PROYECTO C-10 firmado por CCOO,UGT y STR respecto al tratamiento económico que les está aplicando al numeroso personal que ha sido asignado a realizar jornadas de trabajo de 12 horas.
También se ha pedido aclare la situación y equipamiento de los nuevos Cuartos para Operadoresde Campo dentro de las unidades.
24 de junio de 2011
COMUNICADO NEGOCIACIÓN IX CONVENIO COLECTIVO REPSOL PETRÓLEO
Comunicado Nº3
Tras la reunión mantenida por la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo, la Empresa nos ha vuelto a recalcar la difícil situación por la que atraviesa el sector del refino, en virtud de la cual condiciona toda la propuesta económica.
Seguidamente la Empresa nos hace la siguiente propuesta:
-Vigencia: Estará en función de los acuerdos alcanzados
.
-Incremento salarial: Todo aquello que supere el IPC previsto por el gobierno (1%), debe ir ligado a criterios de mejora de la competividad de la Empresa. La propuesta esta en proceso de elaboración y la concretaran en su momento.
-Jornada laboral: No se plantea ninguna reducción a la jornada actual y nos recalca que estamos por debajo de la media del sector.
-Antigüedad: La Empresa manifiesta que esta en pleno proceso de ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo, y rechaza lo planteado por USO en nuestra plataforma de computar a todos los trabajadores en trienios.
-Sexto turno: Debido a la incidencia que la sentencia del Tribunal Supremo sobre la consideración de trabajadores nocturnos pueda tener sobre el sistema organizativo del turno, la Empresa manifiesta que sus Servicios Jurídicos están valorando la posibilidad de interponer recurso y que una vez que tenga la propuesta de la parte social, hará la suya.
-Plan de Pensiones: La empresa entiende que el Plan de Pensiones funciona correctamente y que no ve necesidad de cambiar los criterios de aportación actuales, manifestando que no desea entrar en un tema que está judicializado por la demanda interpuesta por USO en la que se solicita la igualdad de aportaciones para todos los trabajadores.
Si admite al menos respondernos en las próximas sesiones, sobre el cambio de Gestora y la creación de sub planes.
-Absentismo: Dice que los sistemas de control actuales están agotados, y plantea nuevos sistemas de medición que incluyan las horas perdidas a partir del informe de propuesta de invalidez, hospitalización, etc..
-Retén de mantenimiento: Plantea que es un mecanismo organizativo muy importante y necesario, proponiendo su obligatoriedad.
-Jubilación Parcial con relevo: Manifiesta que económicamente no favorece a la Compañía, y pese a éllo apuesta por mantenerlo, pero queda condicionado a lo que se acuerde en este Convenio.
-Comisión redactora de Convenio: Propone crear una comisión redactora del Convenio para que se encargue de revisar y corregir todo el redactado e incluir en el mismo todas las actas de la Comisión de Garantía, para conseguir que el Convenio sea una herramienta útil y más ágil para todos los trabajadores.
-Flexibilidad horaria: Nos comunica que en 2012 ocuparan la nueva sede de Madrid (Méndez Álvaro, junto Atocha) las distintas empresas del Grupo Repsol, y pretende que en este concepto se utilicen conceptos comunes.
-Desarrollo carrera profesional: La empresa manifiesta que el desarrollo profesional no debe estar ligado a la antigüedad, y si se esta de acuerdo con esta filosofía nos hará una propuesta concreta. Por nuestra parte en la única filosofía que creemos es igual trabajo igual salario.
-Jornada intensiva: Ya se trató en el Convenio anterior y por tanto no se ampliará a ningún Centro.
-Bolsa de horas: Para la Empresa es un mecanismo organizativo importante, y que pretende mantener el mismo número de horas de la bolsa del personal de jornada ordinaria del C.I. de Puertollano.
-A USO nos parece una propuesta totalmente regresiva e inaceptable.
-Choca frontalmente con nuestra plataforma, basada en la no discriminación y en la igualdad entre todos los trabajadores de Repsol Petróleo.
-La Empresa sigue sin contestar a la mayor parte de nuestra plataforma, entre otros conceptos; paga de vinculación, plus compensación de horas extraordinarias, flexibilidad horaria, beneficios sociales, vacaciones y licencias, participación sindical, seguridad y salud laboral etc…
Hemos quedado en continuar con la negociación el próximo 29 de Junio.
Madrid 22-junio-2011
10 de junio de 2011
EL TRIBUNAL SUPREMO DECLARA A TRABAJADORES DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS TECNICOS EN RÉGIMEN A TURNOS DE REPSOL PETRÓLEO TRABAJADORES NOCTURNOS
Demanda interpuesta por STR y CTI a la que se adihirio USO, contra Repsol Petróleo, CCOO y UGT , sobre conflicto colectivo.
Temas relacionados:
http://usorepsol.blogspot.com/2011/06/celebrado-juicio-de-las-fs-espera-de.html
http://usorepsol.blogspot.com/2011/02/el-supremo-devuelve-la-demanda-del.html
http://usorepsol.blogspot.com/2010/03/trabajadores-considerados-nocturnos.html
Artículo 36. Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo.1. A los efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana. El empresario que recurra regularmente a la realización de trabajo nocturno deberá informar de ello a la autoridad laboral.
La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días. Dichos trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias.
REAL DECRETO 1651/95 SOBRE JORNADAS ESPECIALES DE TRABAJO
Trabajo nocturno
Artículo 32. Excepciones a los límites de jornada de los trabajadores nocturnos.
La jornada de trabajo máxima de los trabajadores nocturnos establecida en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores sólo podrá superarse, mediante la realización de horas extraordinarias o la ampliación del período de referencia de quince días previsto en el mismo, con sujeción a las condiciones y límites que se establecen en el presente artículo, en los siguientes casos:
a) En los supuestos de ampliaciones de jornada previstos en el capítulo II de este Real Decreto.
b) Cuando resulte necesario para prevenir y reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes.
c) En el trabajo a turnos, en caso de irregularidades en el relevo de los turnos por causas no imputables a la empresa.
Las excepciones a los límites de jornada de los trabajadores nocturnos a que se refiere el número anterior no podrán tener por efecto la superación de una jornada de ocho horas diarias de trabajo efectivo de promedio en un período de referencia de cuatro meses en los supuestos previstos en el parrafo a) del apartado anterior, o de cuatro semanas en los restantes supuestos.
Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando la ampliación de la jornada se materialice mediante la realización de horas extraordinarias, sea cual fuere la forma de compensación de las mismas acordada por las partes conforme a lo dispuesto en el artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores y sin perjuicio del respeto de ésta, deberá reducirse la jornada de trabajo de los trabajadores afectados en los días subsiguientes hasta alcanzar el referido promedio en el período de referencia correspondiente.
En los convenios colectivos podrá acordarse la ampliación del período de referencia previsto en el apartado anterior para los supuestos a que se refiere el párrafo a) del apartado 1 de este artículo hasta un máximo de seis meses.
9 de junio de 2011
NEGOCIACIÓN IX CONVENIO COLECTIVO COMUNICADO Nº2
Ayer día 8 de Junio se ha celebrado la 2ª reunión de la Comisión Negociadora del IX Convenio Colectivo.
Como preámbulo el Director de Operaciones de Refino (Sr. José Francisco Vázquez González) nos expone la problemática de la situación en general del refino a nivel mundial, español y de Repsol en particular.
Como no podía ser menos, a las puertas de una negociación de un Convenio Colectivo, se nos informa de la grave crisis económica por la que atravesamos desde el año 2008 y que tanto repercute en las ventas de productos petrolíferos.
Recibe diversas respuestas de parte de STR, CIG y de USO en particular, donde le preguntamos si Repsol tiene alguna área de negocio alternativa que desconozcamos, puesto que a pesar de la grave crisis económica, los beneficios no paran de crecer, lo cual nos congratula enormemente.
Acto seguido, la parte empresarial pide aclaraciones sobre las respectivas Plataformas, a STR, USO Y CIG presentadas el día 11 de Mayo. (Tanto CC.OO. como UGT, no han presentado plataforma alguna, hasta el día de hoy).
Se le contesta pormenorizadamente y se le aclaran las dudas que tenía, nos contesta que en la próxima reunión dará respuesta a las distintas plataformas.
Desde USO manifestamos así mismo, nuestro empeño en eliminar toda discriminación existente en el actual Convenio Colectivo, que para nosotros sigue siendo la prioridad más importante, tanto para el personal de Convenio, como los excluidos de Convenio.
Insistimos como en la anterior reunión, de elaborar un calendario de negociación, a lo cual contesta proponiendo reunirnos a partir del día 22 de Junio, todos los miércoles.
Madrid a 9 de Junio de 2011
8 de junio de 2011
REUNIÓN COMITE EMPRESA CON LOS PANELISTAS
7 de junio de 2011
CELEBRADO JUICIO DE LOS DÍAS F DEL CUADRANTE DEL TURNO, A ESPERA DE SENTENCIA
M M T T F F F
30 de mayo de 2011
UBICACION PROYECTO PLANTA FABRICACIÓN LUBRICANTES TECNOLOGICOS
20 de mayo de 2011
USO INFORMA PREACUERDO C-10
Debido a todo lo acontecido sobre las condiciones de trabajo del C‐10 en Cartagena, y aunque no queremos entrar en la guerra de comunicados, nos vemos obligados a contestar a estos personajes de UGT que ya han sacado dos criticándonos y mintiendo a los trabajadores, hay mucho trabajo por hacer para perder el tiempo y hacerlo perder a los demás con comunicados.
Cuentan los hechos como ellos quieren y solo pretenden confundir y mantenerse vivos con los comunicados, es por eso que la sección sindical de USO quiere manifestar lo siguiente:
USO participo en la negociación y firma del preacuerdo en Madrid condicionando su ratificación en asamblea de trabajadores, el preacuerdo podría gustar o no gustar pero era lo máximo que ofrecía la empresa.
‐UGT, hace alusión al delegado de USO como si por sistema nos levantamos de la mesa porque no queremos saber nada, pero UGT no dice que fue el delegado de USO el que en Madrid se levanto de la mesa y dijo que se había acabado la negociación, cuando la empresa nos dijo que lo que habíamos negociado en Cartagena no valía para nada, que partíamos de cero, y empezó a decirnos las condiciones que la empresa nos ofrecía y al final la retroactividad seria desde enero del 2011.
‐UGT no dice, en su comunicado que ellos en el pleno de comité que tuvimos decían que el preacuerdo era muy malo y que nos habían engañado en Madrid, algunos de sus miembros lo criticaron e hicieron campaña al igual que otros miembros de los demás sindicatos para que no se aceptara el preacuerdo.
En asamblea de trabajadores en el comedor fue rechazado plenamente y con mayoría absoluta, dijeron que no 183 trabajadores por 26 que dijeron que si.
Vienen algunos jefes de Madrid y reúnen al comité para insultarlo y amenazarle con parar la parte vieja y aplicar convenio colectivo si no se acepta el preacuerdo, que para la empresa es un acuerdo, nos dan 15 días de plazo para recapacitar y aceptarlo.
Como es lógico todos salimos de esa reunión indignados y con las ideas muy claras de no aceptar y a convenio colectivo, esa misma mañana nos reunimos y acordamos hacer un pleno de comité y que cada sindicato llevara una nueva propuesta para intentar unificarlas y presentársela a la empresa, si no la aceptaba nos íbamos a convenio colectivo.
‐UGT no dice, que alguno de sus miembros eran los que mas fuerza hacían para irnos a convenio colectivo y olvidarnos del preacuerdo porque no valía.
Hacemos un pleno de comité donde USO y STR presentan una propuesta conjunta pues íbamos en la misma línea, recogiendo lo que los trabajadores pedían, CCOO no presenta nada y UGT al principio no presenta nada y después de un receso piden si pueden presentar una, se le acepta y se votan las dos propuesta saliendo la presentada por USO y STR, se le presenta a la empresa y después de unos días nos dice que no la acepta, y que no se sale del preacuerdo firmado.
A petición de CCOO, UGT y STR hacemos otro pleno para debatir el tema, en el pleno CCOO, UGT y STR presentan una nueva propuesta que es prácticamente el preacuerdo firmado con algunos matices,USO dice que no a esa propuesta porque es prácticamente lo mismo que los trabajadores han rechazado en asamblea y la asamblea es soberana y hay que respetar su decisión, no se puede ir a los trabajadores con lo mismo si ya han dicho que no.
En el pleno de comité piden que se vote la propuesta, lógicamente sale que si con los votos a favor de CCOO, UGT y STR.
USO deja clara su postura, como comité acata la decisión puesto que ha salido en votación en un pleno de comité, pero como sección sindical no lo acepta pues consideramos que es una falta de respeto a los trabajadores que ya se manifestaron en asamblea y además una bajada de pantalones del comité.
Esta propuesta se le presenta a la empresa y pasado unos días la empresa nos reúne y cambiando algunos matices de la propuesta la acepta.
‐UGT no dice, que la propuesta que se presento a la empresa el día 4 de Abril se presento como comité de empresa, y USO forma parte del comité y como tal acató el resultado de la votación.
‐UGT no dice, que después de que la empresa acepta la propuesta, en los siguientes días CCOO, UGT y STR pastelean con la empresa y tienen la poca vergüenza de pedirle a la empresa días libres para poder hacer campaña por el complejo sobre lo bueno que es el preacuerdo y que voten que si, pero lo peor es que la empresa le concede dos días libres a dos miembros de cada sindicato CCOO, UGT y STR para hacer campaña explicando el preacuerdo a su manera y presionando a la gente para que voten que si, y si a alguno no le gusta pues que no vayan a votar, así se definían los representantes de los trabajadores.
‐UGT no dice, que le piden al Presidente del Comité que convoque un referéndum y que solo voten los que hay en el censo que le ha dado la empresa, cuando antes no ha querido darlo porque no sabia quienes eran los afectados.
USO lógicamente se niega a participar en ningún referéndum que no salga de un pleno de Comité, y si no que lo convoquen ellos como sindicatos. En el pleno de comité ellos quieren hacer referéndum y USO pide asamblea de trabajadores y se vote igual que se hizo con el preacuerdo anterior, al final se decide hacer asamblea de trabajadores para explicar el nuevo preacuerdo y después convocar el referéndum para votar .
Que ha cambiado en unos días para que de ser un preacuerdo de mierda como se ha pregonado por todos sitios y ni el mismo comité lo quería, a ser un preacuerdo estupendo y que algunos sindicatos que lo defenestraban ahora lo defienden a muerte.
Acaso hemos perdido el rumbo y la dignidad, los sindicatos no son los representantes de los trabajadores y defienden sus intereses y decisiones, ¿ha habido alguna promesa o rejón por parte de la empresa a alguien?
AHORA TU DECIDES QUE SINDICATO QUIERES, UNO QUE RESPETA TUS DECISIONES EN LAS ASAMBLEAS Y LUCHA POR TUS INTERESES
U OTRO QUE AL MENOR TOQUE DE ATENCIÓN SE BAJA LOS PANTALONES
18 De Mayo de 2011
16 de mayo de 2011
ENCENDIDA ANTORCHA BLOQUE 1 PROYECTO C-10, PERSONAL PRECOMISONADO ,COMISIONADO Y DE PUESTA EN MARCHA A TURNOS DE 11 Y 12 HORAS
Personal de Operación Hidrocraquer , Hidrotratamiento y Conversión empiezan turnos de 11 y 12 horas para trabajos de precomisionado, comisionado y puesta en marchas de las nuevas unidades del proyecto C-10.
6 de mayo de 2011
RESULTADO 2º REFERENDUM CONDICIONES LABORALES PRECOMISIONADO, COMISIONADO Y PUESTA EN MARCHA PROYECTO C-10
VOTOS EN CONTRA: 162
VOSTOS EN BLANCO: 6
VOTOS NULOS: 1
4 de MAYO 2011
29 de abril de 2011
Valle de Escombreras S/N
CARTAGENA
NOTA INFORMATIVA A TODOS LOS TRABAJADORES
Prácticas Externas Contra Incendios (TEPESA)
Después de recibir numerosas quejas referentes a presuntas imposiciones sobre el medio de locomoción a usar en los traslados a Madrid para la realización de prácticas externas contra incendios (TEPESA). Desde el Comité de Empresa queremos recordar a todos los trabajadores que realicen estas prácticas que según lo pactado entre la dirección de la empresa y la representación sindical, el trabajador tiene libertad de elección de medio de transporte taxi, tren, avión o vehiculo propio.
Cartagena a 28 de abril de 2011.
12 de abril de 2011
PERSONAL DE COMBUSTIBLES EN EL PROYECTO C-10 DE APOYO
30 de marzo de 2011
USO REPSOL INFORMA
En la mañana de hoy hemos mantenido una reunión con la Dirección de la Empresa en la que nos han respondido por escrito (adjunto) a la última propuesta que presentó el Comité de Empresa con las modificaciones al Preacuerdo sobre Precomisionado, Comisionado y Puesta en Marcha del Proyecto C-10.
En él la empresa se ha manifestado en contra de la última Propuesta de Modificación al Preacuerdo de este Comité, una vez finalizado el plazo de 15 días que nos dio y en los siguientes términos:
“…se recibió una nueva propuesta del Comité de Empresa, alejada del preacuerdo, que incluía medidas carentes de razonabilidad, y por tanto no aceptable.”
Con lo cual muy probablemente tal y como queda reflejado en el documento que se anexa las actividades del Comisionado y Puesta en Marcha del Proyecto C-10 se realizaran alterando lo menos posible el régimen habitual de trabajo de las personas que componen la plantilla. Es decir ajustándose a lo pactado en convenio colectivo.
30 de Marzo de 2011 Sección Sindical USO-REPSOL
COMUNICADO DIRECCION C.I. REPSOL CARTAGENA - CONDICIONES LABORALES PERSONAL PRECOMISIONADO , COMISIONADO Y PUESTA EN MARCHA PROYECTO C-10
http://usorepsol.blogspot.com/2011/03/matizaciones-preacuerdo-c-10.html
21 de marzo de 2011
MATIZACIONES PREACUERDO C-10
De: Comité de Empresa
A: Subdirección de Recursos Humanos
COMUNICADO
Reunido en pleno extraordinario el 18 de marzo de 2011 a las 9,30 horas el comité de empresa para tratar sobre las Condiciones del Pre-comisionado, Comisionado y Puesta en marcha del Proyecto C-10 llegan al acuerdo de presentar a la Dirección de la Empresa las siguientes matizaciones:
La comisión del proyecto C-10, acuerda realizar las modificaciones con respecto al preacuerdo que se firmó el nueve de febrero del año dos mil once:
En el apartado "Régimen de trabajo":
Se configura temporalmente un régimen de trabajo para el pre-comisionado, comisionado y puesta en marcha del proyecto C-10, en ciclos de cinco semanas de duración distribuidos de la siguiente manera: En las cuatro semanas de lunes a viernes y sábado alternos, con el siguiente horario: de 07:50 a 18:50 horas (como criterio general), siendo la quinta semana de descanso. La jornada de trabajo será de once horas.
En el apartado "Compensación":
Para el personal asignado al régimen anterior, se establecen las siguientes compensaciones:
Las horas de prolongación de la jornada teórica hasta las once horas diarias, se compensaran al valor que establece el Convenio Colectivo vigente para las jornadas flexibles (anexo 5), sin que le sea de aplicación los límites que se establecen el Artículo 33 del actual convenio colectivo.
Adicionalmente al abono referido en el apartado anterior, y con el fin de compensar el régimen especial de trabajo y la realización de funciones diferentes a las habituales; los trabajadores percibirán mensualmente la cantidad de seiscientos treinta y cinco euros (635€). El personal que perteneciendo al C-10, no se encuentre en jornada especial (jornada ordinaria, intensiva y turno) percibirán la parte proporcional de dicho plus.
El concepto que figurará en el recibo de salarios será el de "compensación plus C-10".
En el apartado "Otros trabajadores del C.l. de Cartagena":
Para todos los trabajadores que se vean afectados por unas posibles reducciones de plantilla y perdida de vacaciones en su área debida a necesidades relacionadas con el proyecto C-10 o incrementen su jornada por carga de trabajo proveniente de C-10 o realicen funciones de categoría superior por el mismo motivo, recibirán el mismo tratamiento que los directamente afectados mientras dure ésta situación.
A los efectos señalados en el párrafo anterior no serán de aplicación los límites que se señalan en el Artículo 33 sobre jornadas flexibles.
En el aparatado "Otras condiciones":
A los trabajadores que presten servicios en el proyecto C-10 se les respetarán los conceptos retribuidos que vinieran percibiendo, a modo de ejemplo (plus de turno, retén de mantenimiento y de turno, nocturnidad) sin tener la obligación de realizarlos. Con la finalización de la puesta en marcha del proyecto C-10, los trabajadores clasificados en los niveles 6, 7 y 8 podrán volver al régimen de compensación de horas extraordinarias que establece el Artículo 46 del actual convenio colectivo, sin que espere el tiempo mínimo de seis meses.
En los trabajos de comisionado en oleoducto, el personal realizará los desplazamientos en transporte proporcionado por la empresa, pudiendo elegir entre vehículo de la empresa con conducción propia o con conductor puesto por la empresa.
Las vacaciones no disfrutadas y el día de convenio, se acumularan al año siguiente sin límite de los once días.
SEPTIMO (añadir este punto al preacuerdo) El presente acuerdo tendrá efectos desde inicio de actividades del C-10.
En el caso de que esta propuesta sea aceptada por la dirección de la empresa se someterá a ratificación en Asamblea de Trabajadores.
2 de marzo de 2011
RESULTADO REFERENDUM PROPUESTA CONDICIONES LABORALES TRABAJADORES PROYECTO C-10 REPSOL CARTAGENA
Votos NO 183
Votos SI 26
Votos EN BLANCO 2
Votos NULO 1
TOTAL VOTOS 212
LOS TRABAJADORES DE REPSOL CARTAGENA RECHAZAN EL PREACUERDO SOBRE LAS CONDICIONES DE COMISIONADO Y PUESTA EN MARCHA DE LAS NUEVAS UNIDADES EN LA REFINERIA DE CARTAGENA, PROYECTO C-10, PROPUESTAS POR LA EMPRESA.
1 de marzo de 2011
COMISION CONTROL PLAN DE PENSIONES

Compañeros:
Ayer 24 de febrero, se reunió la Comisión negociadora del IX Convenio Colectivo para tratar, como único punto en su orden del día, la designación de los miembros en la Comisión de Control del Plan de Pensiones.
Como punto de partida, del saneamiento que la mayoría de los trabajadores de Repsol Petróleo consideramos necesario realizar a nuestro Plan de Pensiones, CIG, USO y STR solicitamos, de acuerdo con lo regulado en el Art. 40.2 del reglamento, la revocación del mandato de los actuales representantes de los partícipes y la designación de unos nuevos.
Sometida la propuesta a votación, se aprobó por mayoría sindical, la revocación de los actuales y la designación de los nuevos miembros de la Comisión de Control del Plan de Pensiones.
Desde la mayoría actual, conformada por STR, USO y CIG, siempre hemos defendido que, la elección de los miembros de la comisión de control del Plan de Pensiones, debe corresponder a la decisión de los trabajadores expresada mediante a unas elecciones, encontrándonos sistemáticamente con el rechazo de los sindicatos que durante años ostentaron la mayoría. Es curioso comprobar como los mismos que modificaron voluntariamente el reglamento para designar los miembros de la comisión de control desde la Comisión Negociadora, ahora que ya no ostentan la mayoría, pretendan seguir bloqueando el proceso de cambio que se ha producido tras las elecciones sindicales, y mantener indefinidamente la totalidad de los miembros de la comisión de control del plan de Pensiones.
Como todos sabéis, uno de los objetivos primordiales de CIG, USO y STR en la mesa negociadora del IX Convenio Colectivo, es la reforma de nuestro Plan de Pensiones, y ayer hemos dado el primer paso en aras a conseguirlo.
Madrid 25-Febrero-2011
25 de febrero de 2011
ACUERDO ESTRUCTURA CARTAGENA C-1O 12 AGOSTO 2010
La Empresa presenta la siguiente propuesta sobre la estructura.
1) Dimensionamiento
El dimensionamiento de la estructura presentada es de 754 puestos. Se adjunta el organigrama de la estructura.
2) Estructura
Una vez realizada la puesta en marcha de todas y cada una de las nuevas unidades y resto de departamentos afectados (seguridad, mantenimiento, operación, laboratorio, etc), la empresa realizara un nuevo estudio y contemplara igualmente las modificaciones y cambios que sean necesarios El citado estudio será trasladado a los representantes de los trabajadores con arreglo al Art. 74 del actual convenio colectivo a fin de que procedan a la emisión del informe correspondiente. Las partes se comprometen en caso de divergencia a mantener las reuniones precisas, al ser este el principio que ha presidido las negociaciones del actual preacuerdo.
3) Áreas de trabajo y cobertura
Anexo 2
4) Reten de producción
Se mantendrá el reten de producción en las áreas donde actualmente existen La empresa se compromete, una vez instituida la nueva estructura, puesta en marcha y estabilizadas las nuevas unidades (según punto 2). a consultar a los trabajadores sobre el sistema de cobertura que deseen (grupo de apoyo o reten), refrendándose el procedimiento a aplicar en la Comisión del Turno. Este compromiso queda supeditado a cualquier acuerdo de rango superior
5) Niveles típicos
El comité de empresa o la empresa remitirán a la Comisión de Garantía o a Comisión Negociadora del Convenio Colectivo la calificación de los nuevos puestos de estructura creados.
6) Condiciones movilidad funcional
Como consecuencia de la aplicación de esta estructura organizativa los cambios de puestos que se realicen a instancia de la empresa y que lleven aparejada la pérdida del devengo de pluses económicos, se les respetara a título individual en concepto de complemento personal la pérdida económica que por los citados pluses haya podido generarse.
El importe del citado complemento personal no será revalorizable y dejara de percibirse en caso de que
1) El trabajador vuelva a desarrollar su trabajo en las condiciones anteriores en cuyo caso percibirá los pluses económicos que le correspondan
2) El trabajador que promocione a un puesto de grupo profesional superior y la retribución bruta fuera superior a la percibida antes de la promoción .En caso de no ser superior, se mantendrá la diferencia resultante como complemento personal.
7) Compensación por aéreas superiores a tres puestos
Los operadores de área que conozcan y cubran más de tres puestos de su área percibirán 1 o 2 CPT en función de si desempeñan un puesto más o el área completa
8) Platformado 1
No está contemplada la puesta en marcha de Platformado 1 en el futuro C-10 Si así fuese se reforzaría la plantilla el tiempo que esté en marcha
9) Lubricantes
Aunque inicialmente la empresa presento una estructura de 5 puestos en campo para el Departamento de Lubricantes, finalmente propone como paso intermedio, 6 puestos en campo y un operador de área a jornada ordinaria.
Cartagena 12 de agosto de 2010
ANEXO 2 AREAS, PLANTILLA Y PUESTOS C-10
https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=explorer&chrome=true&srcid=0B-DK2xNiGizyNmE4NGIyMmUtODM2ZC00N2ZmLWJmNDUtZGMzMDQyMTAzOTA1&hl=es
22 de febrero de 2011
ASAMBLEA CONDICIONES TRABAJADORES C-10
ASAMBLEA GENERAL DE TRABAJADORES
Punto único:
Condiciones laborales para las actividades de precomisionado, comisionado y puesta en marcha del proyecto C-10
Fecha: 1 de Marzo de 2011.
Convocatoria de mañana:
10:30 horas en los locales de la ACR.
Convocatoria de tarde:
17:15 horas en el Comedor del Complejo Industrial.
Se someterá a votación al finalizar cada uno de los turnos de participación.
Por la importancia del tema a tratar rogamos la máxima asistencia a esta asamblea.
21 de febrero de 2011
PRECIO BARRIL BRENT
18 de febrero de 2011
PERSONAL AMPLIACION REFINERIA CARTAGENA PROYECTO C-10 CONDICIONES PRECOMISIONADO , COMISIONADO Y PUESTA EN MARCHA
Fecha: 22 de Febrero de 2011.
Convocatoria de mañana:
10:30 horas en los locales de la ACR.
Convocatoria de tarde:
17:15 horas en el Comedor del Complejo Industrial.
Se someterá a votación al finalizar cada uno de los turnos de participación.
Por la importancia del tema a tratar rogamos la máxima asistencia a esta asamblea.
8 de febrero de 2011
ATRASOS - ANTIGUEDAD Y REGULARIZACIÓN TRIENIOS
7 de febrero de 2011
ANTIGUEDAD - COBRO ATRASOS
4 de febrero de 2011
PUESTA EN SERVICIO NUEVO VESTUARIO PERSONAL REFINERÍA CARTAGENA
NOTA INFORMATIVA A TODOS LOS TRABAJADORES
Ante la puesta en servicio del nuevo vestuario y después de analizar el relevo en varias ocasiones, todas las Secciones Sindicales que componen el Comité de Empresa manifiestan:
-Las lanzaderas no cumplen un horario ni criterio único de salida, lo que en la practica esta suponiendo que aleatoriamente unas u otras salgan varios minutos tarde y en ocasiones sin la mayor parte del personal, lo que origina que el personal relevado salga tarde.
Entrando el personal a la hora prevista, el tiempo estimado (5 min.) para que salgan las lanzaderas es claramente insuficiente.
Según versa en el acta 1ª de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Relevo cumpliéndose con normalidad los horarios de llegada de los autobuses, la salida del mismo entendida esta, como el momento del fichaje en los tornos se llevara a cabo "hasta" las 6.30,14,30 y 22.30 h.
Queda demostrado en todos los relevos realizados con posterioridad a la puesta en servicio del nuevo vestuario que la inmensa mayoria de trabajadores exceden este horario de fichaje.
Según versa en el acta de fecha 22 de septiembre de 2008 de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Relevo punto 5, los retrasos que se produzcan como consecuencia del desarrollo del trabajo a turno imputables a la empresa, se compensaran económicamente y con descanso equivalente, de acuerdo a lo establecido en el convenio Colectivo, en fracciones de media hora a partir de las 06, 31, 14,31 y 22,31h., todo ello previa comunicación a la línea de mando.
Por tanto, recomendamos a todos los trabajadores que cuando fichen con posterioridad al horario regulado en el acta I" de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Relevo, dejen constancia en el sistema de gestión de tiempos de los retrasos por los que se vean afectados.
Cartagena 1 de febrero 2011
22 de enero de 2011
CONSTITUIDA LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE REPSOL PETRÓLEO 2011
18 de enero de 2011
USO NUEVO VESTUARIO PERSONAL A TURNO
REPSOL PETROLEO C.I. CARTAGENA
CON MOTIVO DE CONTRASTAR LA REALIDAD A LOS RANGOS DE TIEMPOS DADOS POR LA EMPRESA PARA EL USO DEL NUEVO VESTUARIO, ESTE COMITÉ OS RECUERDA QUE EL HORARIO DE ENTRADA A FÁBRICA ESTABLECIDO EN LA NORMA DEL TURNO ES:
A LAS 6:00h, A LAS 14:00h Y A LAS 22:00h




