23 de diciembre de 2010

PRESENTADO CONFLICTO COLECTIVO POR LOS DIAS F DEL CUADRANTE DE LOS TRABAJADORES A TURNO Y NOCTURNOS DE REPSOL

Demanda en relación con los 2 o 3 dias denominados F que se han introducido en los cuadrantes de algunos trabajadores en los turnos de noche cambiadolos por turno de mañana o tarde , variando el computo anual.

M M T T F F F

Los trabajadores/as nocturnos tiene regulados , la duración , ampliacion y limitacion de las jornadas de trabajo asi como los periodos de descanso:

Se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días ,esta limitación solo podra supersarse con horas extraordinarias en los siguientes casos:

-Cuando resulte necesario para prevenir y reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes.

-En el trabajo a turnos, en caso de irregularidades en el relevo de los turnos por causas no imputables a la empresa.

Dichos trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias (salvo en los casos descritos).

Se considerará trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en período nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal período una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual.

-Estatuto de los Trabajadores.
-Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo.

2 de diciembre de 2010

DISCRIMINACION RETRIBUTIVA DESARROLLO CARRERAS PROFESIONALES ( NIVELES ) REPSOL

RESPUESTA COMISIÒN DE GARANTÍA DE REPSOL PETRÓLEO A :

D. Jose Vía Iglesisas -Secretario Confederel de Acción Sindical de USO

Madrid, 11 de octubre de 2010


Muy Sr. Nuestro:

Una vez recibido el 28 de julio de 2010, su escrito donde se solicita a la comisión de garantía de Repsol Petróleo que emita informe pronunciándose sobre la siguiente cuestión:

"La ilegalidad del articulo 13 del VIII convenio colectivo de Repsol Petróleo, S.A. que establece los diferentes niveles de desarrollo en la empresa"

Le comunico que se celebró el 6 de octubre de 2010 la reunión de la comisión de garantía de Repsol Petróleo, aprobándose por mayoría que:

"En contestación al escrito de fecha 28.07,2010 donde se sostiene la presunta nulidad del artículo 13 del vigente convenio colectivo de la empresa por entender que concurre una discriminación arbitraria en la retribución de los trabajadores dentro de un mismo grupo profesional, esta Comisión de Garantía manifiesta su opinión contraria a dicha nulidad.

El tiempo de permanencia en el nivel de entrada y la retribución al nivel básico en cada grupo profesional es común para todos los empleados. Se basa en la necesidad de adquirir las habilidades y experiencias necesarias para el desempeño adecuado del puesto de trabajo".

Un saludo,

Director RR.LL. Downstream

1 de diciembre de 2010

USO GANA LAS ELECCIONES SINDICALES EN LA REFINERÍA DE CARTAGENA

EL SINDICATO USO ES EL MAS VOTADO EN LOS DOS COLEGIOS ELECTORALES DEL C.I. DE CARTAGENA

USO 4 TECNICOS Y 4 ESPECIALISTAS
STR 2 TECNICOS Y 3 ESPECIALISTAS
UGT 3 TECNICOS Y 1 ESPECIALISTA
CCOO 3 TECNICOS Y 1 ESPECIALISTA












Desde la Sección Sindical de USO-Repsol damos las gracias a TODOS los trabajadores y trabajadoras que nos han mostrado su confianza y apoyo dándonos su voto.

15 de noviembre de 2010

TRABAJADORES DE CONTRATAS DEL PROYECTO C-10 CORTAN LA AUTOVIA

Los trabajadores de contratas de la ampliación de la refinería de Cartagena ( Proyecto C-10 ) cortan la autovia y paralizan las obras por segunda vez en protesta por las largas colas de trafico que sufren diariamente a la entrada y salida los mas de 6.000 obreros que actualmente colaboran en el montaje.

9 de noviembre de 2010

DISCRIMINACIÓN EN EL PLAN DE PENSIONES

Compañero/as:
Queremos manifestaros nuestra honda preocupación por el Plan de Pensiones.
Esta vez no nos vamos a meter, ni con las rentabilidades, ni con la gestión, que siendo importante, no es ahora el tema que nos ocupa, sino la discriminación existente en las aportaciones al mismo por parte del Promotor.
Para nosotros hay una flagrante discriminación entre aquellos trabajadores anteriores al 16 de Julio de 1997, y los posteriores.

Esta clara discriminación, choca frontalmente contra el Art. 14 de la Constitución Española y el Art. 17 del Estatuto de los Trabajadores, donde se dice que, no puede haber discriminación alguna, entre otras, en las relaciones laborales.

Como las aportaciones que el Promotor hace al Plan de Pensiones a cada partícipe son un salario diferido a una fecha, en que se den cada una de las contingencias que marca nuestro Plan, consideramos que la Empresa está cometiendo una clara discriminación, basándose única y exclusivamente en la fecha de entrada(antigüedad) de cada trabajador.

Esta no es una cuestión baladí, puesto que la diferencia de los coeficientes de cotización es enorme.

Obviando a los directivos, vemos para el personal de Convenio hay una diferencia de 2,1% y de 1,6%, y para el personal de fuera de Convenio, que en Repsol Petróleo es un colectivo importantísimo, hay una diferencia enorme, ni más ni menos que del triple, del 4% al 12 %.

Estas cantidades sumadas y capitalizadas a lo largo de toda una vida laboral, supone una enorme cantidad de dinero que el partícipe deja de percibir.
Se daría la paradoja de que dos trabajadores que salieran de Convenio en el día de hoy, uno con fecha de antigüedad 15 de Julio de 1997, y otro 20 de Julio de ese mismo año, por ejemplo, la diferencia entre uno y otro seria de 8 puntos básicos, del 12% al 4%, ambos haciendo el mismo trabajo, igual salario si cabe, misma valoración, etc., sin embargo estarían discriminados por tener una fecha de entrada distinta, lo que vemos como un hecho totalmente discriminatorio y contrario a las leyes laborales de este país.

Nuestro objetivo es que tanto el personal de convenio, como el de fuera de convenio que está discriminado en sus aportaciones por parte del Promotor, por haber ingresado en la empresa en fecha posterior al 16 de Julio de 1997, tengan la misma aportación que los entrados con fecha anterior al 16 de Julio de 1997.

Creemos que hay fundamentos de Derecho para denunciar estos atropellos cometidos contra los trabajadores en los nefastos recortes de los años 90, y que siguen "sine die" hasta hoy, tal y como nos confirman nuestros Servicios Jurídicos a consultas de esta Sección Sindical.

13 de septiembre de 2010

ANULADA DOBLE ESCALA SALARIAL ANTIGUEDAD EN REPSOL PETRÓLEO

La nueva sentencia dictada por el Tribunal supremo el 14 de Julio de 2010 sobre la DOBLE ESCALA SALARIAL en Repsol Petróleo cierra definitivamente el largo proceso jurídico iniciado por la USO el 26 de Julio del año 2005 y que hemos librado en solitario contra REPSOL, CCOO, UGT Y CTI, con el silencio cómplice de sindicalistas firmantes en su día de la doble escala salarial y que ahora pretenderán erigirse en salvadores.
El 9 de Septiembre 2010 el Tribunal Supremo, notificó sentencia sobre el convenio de REPSOL PETROLEO desestimando el recurso y anulando definitivamente la doble escala salarial.

Con esta sentencia se cierra el ciclo jurídico con el resultado de tres de tres sentencias ganadas por la USO, despejándose definitivamente el camino para el pago de los atrasos y la actualización de la antigüedad en las nominas para PETRÓLEO, BUTANO Y QUÍMICA, que desde la USO esperamos se realice sin más dilación. De no tener una fecha concreta de actualización de nómina y pago de los atrasos por REPSOL para las tres empresas antes del 30 de septiembre la USO iniciará el procedimiento de ejecución de las sentencias y de los acuerdos de pago.


CON ABSOLUTA SEGURIDAD SE COBRARÁN LOS ATRASOS Y TU ANTIGÜEDAD EN NÓMINA SE INCREMENTARÁ


La firmeza y el convencimiento sindical ha concluido con el triunfo jurídico obtenido por la USO, siendo un éxito histórico por el nº de trabajadores/as beneficiados (64% de la plantilla del Grupo - 10.688 trabajadores/as) y por el importe económico cuantificado por la propia empresa en más de 30 millones de euros.
Este proceso jurídico/sindical marca un antes y un después para la interpretación sobre la doble escala salarial, siendo buena prueba de ello que los más prestigiosos despachos de abogados españoles, recomiendan a la luz de las sentencias ganadas por USO en REPSOL la eliminación progresiva y de forma negociada de las dobles escalas salariales de los convenios colectivos.
Desde la USO cerrado este proceso jurídico seguiremos trabajando para hacer realidad una alternativa sindical, en el Grupo REPSOL diferente, autónoma e independiente, de clase y de ámbito Confederal, para luchar por recuperar y defender los derechos e intereses de todos los trabajadores y trabajadoras de REPSOL, con firmeza y eficacia, como hemos acreditado erradicando la doble escala salarial en la antigüedad.
Cerrado con un rotundo éxito el proceso jurídico seguido por la USO contra la doble escala salarial en la antigüedad, hemos iniciado un proceso jurídico en RYLESA para que se aplique a todos los trabajadores un único convenio, el de REPSOL PETRÓLEO erradicando la desigualdad y discriminación que hoy sufren los compañeros/as en la empresa que se les aplica el convenio general de la Industria Química más un Pacto de Aplicación, que a diferencia de otra parte de la plantilla se les aplica el convenio de Repsol Petróleo con unas diferencias económicas y sociales muy importantes y que la USO esta empeñada en erradicar.


HEMOS INICIADO PROCEDIMIENTO CONTRA LAS DESIGUALDADES EN UN MISMO GRUPO PROFESIONAL CON LAS MISMAS FUNCIONES EN REPSOL PETRÓLEO


Nuestro siguiente paso es acabar con la discriminación en el desarrollo de la carrera profesional. Por ello, el pasado 28 de Julio de 2010, USO dirigió escritos a la Comisión de Garantías del Convenio Colectivo de Repsol Petróleo y a la Comisión de Seguimiento del V Acuerdo Marco del Grupo Repsol, solicitando emitan informe preceptivo sobre el artículo 13 del VIII Convenio Colectivo de Repsol Petróleo por considerar que el mismo crea una desigualdad retributiva establecida por negociación colectiva, la cual es arbitraria y sin ninguna justificación razonable, produciendo una discriminación y desigualdad en la retribución de trabajadores con igualdad de cualificación y desarrollo funcional, siendo contrario a lo establecido en los artículos 9.2, 14 y 35 de la CE y a los artículos 4, 17 y 25 del ET.

AHORA TOCA EL CAMBIO SINDICAL

Después de eliminada la doble escala salarial, es imprescindible un cambio sindical en el Grupo REPSOL, para que no materialicen con su firma CCOO y UGT el acuerdo de sustituir la antigüedad a efectos económicos para todo la plantilla.
El cambio sindical que los trabajadores/as del Grupo REPSOL necesitamos ha comenzado, con la constitución de Secciones Sindicales de USO en Coruña, Puertollano, Tarragona, Madrid y Rylesa, uniéndose a nuestro bastión en Cartagena. Si compartes la necesidad de acabar con el verticalismo sindical, en REPSOL, desde la USO te emplazamos a organizarte y participar activamente en las candidaturas sindicales de la USO en tu centro de trabajo en los procesos electorales que se desarrollarán en Noviembre, para protagonizar el cambio sindical que necesitamos.

AFÍLIATE Y PARTICIPA CON LA USO, EN LAS PROXIMAS ELECCIONES SINDICALES PARA HACER REALIDAD EL CAMBIO SINDICAL YA INICIADO

SEPTIEMBRE 2010 Sección Sindical Estatal
USO - GRUPO REPSOL

4 de agosto de 2010

INCENDIO REFINERÍA LA RABÍDA DE CEPSA EN HUELVA

Dos fallecidos y dos heridos graves en el incendio que se produjo a las 12:30 del día 4 de Agosto en la Planta de Tratamiento de Afluentes liquidos en la Refinería de Cepsa en Huelva.
Se ha formado un Comite de investigación formado por 10 miembros , 6 de la empresa y 2 representantes del Sindicato Unitario entre otros para tratar de esclarecer las causas del accidente.
Desde aquí enviamos nuestras condolencias a familiares y amigos de los fallecidos.

21 de julio de 2010

JUBILACIÓN PARCIAL

Criterio de interpretación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (I.N.S.S.) de la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Ley 8/2010 de 20 de mayo.


“La Disposición Transitoria dura hasta el 31 de diciembre de 2012 y beneficia a los trabajadores afectados por compromisos adoptados en expedientes de regulación de empleo, o por medio de convenios y acuerdos colectivos de empresa, aprobados o suscritos, respectivamente, antes del pasado 25 de mayo”.

La instrucción del INSS interpreta, tipo de convenio y Acuerdos colectivos de empresa a que se refiere la Disposición:

1º.- Convenios sectoriales, nacionales, autonómicos y provinciales:

La instrucción de aplicación de la Disposición transitoria dictada por el INSS determina la exclusión de los acuerdos sobre jubilación parcial pactadas en convenios sectoriales (es decir, no reconocerán la jubilación parcial en de un trabajador en base al acuerdo de jubilación parcial recogida únicamente en el convenio sectorial).

2º.- Convenios de empresa: se aplicará la Disposición Transitoria Segunda del RD 8/2010, de 20 de mayo cuando se trate de trabajadores pertenecientes a una empresa que en un expediente de regulación de empleo, en un convenio colectivo de la propia empresa, o en un acuerdo colectivo de esa empresa, aprobado el primero o suscritos el respectivo convenio o acuerdo antes del 25 de mayo de 2010 se hubiese establecido, como compromiso del empresario, el derecho de sus trabajadores, o de algunos de sus trabajadores a la jubilación parcial.

3º.- ¿Qué se entiende por empresa a estos efectos?

La Instrucción de aplicación de la Disposición transitoria dictada por el INSS entiende por empresa; “ toda persona natural o jurídica, pública o privada por cuya cuenta trabajen las personas incluidas en el artículo 97 de la Ley General de la Seguridad Social”, de cualquier régimen de trabajadores por cuenta ajena de los que integran el sistema de la Seguridad Social.

No obstante, la Instrucción entiende a efectos de dicha aplicación también a los trabajadores del Grupo de empresas, Administración General del Estado, la Administración de una Comunidad Autónoma, una Administración municipal o provincial que han de tratarse o considerarse como una empresa.

4º.- ¿Qué debe de entenderse por “Acuerdo colectivo”?

La instrucción de aplicación de la Disposición transitoria dictada por el INSS entiende que es imprescindible para que se trate de un acuerdo colectivo y no individual entre empresario y trabajador, que por parte de los trabajadores hayan negociado sus representantes, unitarios o sindicales, sin exigencia de tener determinada representatividad, sino el mero hecho de ser sus representantes (se legitima la capacidad de acuerdo de la sección sindical constituida).

Que, inicialmente, la eficacia del acuerdo celebrado sin la representatividad que requiere el convenio colectivo (convenio extraestatutario o de eficacia limitada) se circunscribe a los trabajadores representados en la negociación, pero cabe que se amplíe el ámbito inicial mediante adhesiones individuales, que no han de ajustarse a formalidades especiales, salvo lo que prevea el propio acuerdo.

Si en los pactos o Acuerdos colectivos que se presenten ante la Dirección Provincial del INSS en el trámite del expediente de jubilación parcial no figura el sello de presentación de los mismos ante la Autoridad Laboral en fecha anterior a 25 de mayo de 2010, el trabajador deberá aportar una declaración jurada sobre la existencia y fecha del Acuerdo.

5º.- La vigencia del Acuerdo colectivo sobre jubilación parcial.

La instrucción de aplicación de la Disposición transitoria dictada por el INSS entiende que para que el Acuerdo colectivo de lugar a la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda del RD de 8/2010, no sólo es exigible dicha vigencia en el momento en que se inicia la de la citada Disposición Transitoria, el 25 de mayo de 2010, sino que ha de acreditarse que el compromiso se mantuvo hasta la fecha del hecho causante de la jubilación parcial.

Tratándose de convenio colectivo, tendrá que demostrarse que las cláusulas convencionales relativas a la jubilación parcial estaban y continuaron vigentes a partir de aquella fecha hasta la del hecho causante, o que sin solución de continuidad fueron sustituidas por otras, comprendidas en un nuevo convenio, que reiteren los compromisos pactados antes.

El INSS verificará si el propio convenio prevee la prórroga a todos los efectos, durante el tiempo que medie desde la fecha de su expiración y la entrada en vigor del convenio que lo sustituya según lo indicado en el artículo 86.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Respecto de aquellos acuerdos que no son convenios colectivos para la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda del RD de 8/2010 de 24 de mayo será necesario:
Que el Acuerdo colectivo con el compromiso de jubilación parcial se hubiese pactado antes del día 25 de dicho mes y que en esa fecha continuase vigente.
Que si hubiese expirado el tiempo para el cual se fijo ese Acuerdo cuando se produce la jubilación parcial, se hubiera acordado por la empresa y por los representantes de sus trabajadores la prolongación de su vigencia o un nuevo Acuerdo que no altere el pacto anterior en lo relativo a la jubilación parcial, prolongación o nuevo acuerdo que tendrá que haberse decidido y suscrito antes de que concluyese la vigencia del Acuerdo inicial. Solo así se aceptará que la eficacia del Pacto originario se vio prolongada sin solución de continuidad, desde la fecha inicialmente prevista para su finalización hasta otra posterior que comprenda la del hecho causante de la jubilación parcial que se solicita.

¿QUÉ PODEMOS Y DEBEMOS HACER DESDE LA USO?

1º.- Aprender de lo ocurrido, todos los Acuerdos firmados entre empresa y representación unitaria o sindical, tienen que estar registrados en el Organismo Laboral correspondiente.

2º.- Solicitar por escrito de la Empresa se registren todos los Acuerdos sobre jubilación parcial antes del 8 de agosto de 2010, fecha límite para su registro según Orden TIN/1828/2010 publicada en BOE, 8 de julio de 2010 y se nos entregue una copia con el sello de registro.

3º.-. Asesorar que en los casos de solicitud de jubilación parcial anticipada con edad inferior a 61 años sin ser mutualista, ante el riesgo de denegación, no rescindir la relación laboral con la empresa, hasta obtener el reconocimiento por el INSS de la jubilación parcial.

4º.- En los casos donde el Acuerdo no fue registrado ante la Autoridad Laboral antes del 25 de mayo de 2010, solicitar de la Empresa una certificación escrita de la existencia y firma del Acuerdo con fecha anterior al 25 de mayo de 2010 sobre jubilación parcial, para su posterior aportación por el trabajador con la declaración jurada que le exigirán, en evitación de posibles responsabilidades administrativas y penales posteriores del trabajador.


5º.- Se recomienda no firmar Acuerdos ahora, con fecha anterior al 25 de mayo de 2010, que no se hubiera decidido y firmado por cualquier motivo antes de la citada fecha.

6 de julio de 2010

EL TRIBUNAL SUPREMO UNIFICA DOCTRINA Y ANULA DEFINITIVAMENTE LA DOBLE ESCALA SALARIAL EN REPSOL QUÍMICA Y BUTANO

El Tribunal supremo el 17 y 18 de Junio 2010, por fin dictó sentencia ANULANDO LA DOBLE ESCALA SALARIAL en REPSOL QUÍMICA y REPSOL BUTANO ratificando la condena de REPSOL, CCOO Y UGT.

Con estas sentencia, de unificación de doctrina del Tribunal Supremo, ratifica las dictadas por la Audiencia Nacional y cierra definitivamente la pelea jurídica que la USO inició el 26 de Julio del año 2005 y que hemos librado en solitario contra REPSOL, CCOO Y UGT y sin apoyo alguno del resto de sindicatos del Grupo.

El 1 de Julio 2010 el Tribunal Supremo, notificó sentencias sobre los convenios de REPSOL QUÍMICA y REPSOL BUTANO (la de REPSOL PETROLEO esta pendiente de votación y fallo el día 8 de Julio); desestimando los recursos y anulando definitivamente la doble escala salarial.

Ahora procede el cumplimiento de las sentencias, el pago de los atrasos, y la actualización de la antigüedad en las nóminas que esperamos REPSOL realice diligentemente.

CON ABSOLUTA SEGURIDAD SE COBRARÁN LOS ATRASOS Y TU ANTIGÜEDAD EN NÓMINA SE INCREMENTARÁ

La firmeza y el convencimiento sindical a concluido con el triunfo jurídico obtenido por la USO, siendo un éxito histórico por el nº de trabajadores/as beneficiados (64% de la plantilla del Grupo - 10.688 trabajadores/as) y por el importe económico cuantificado por la propia empresa en más de 30 millones de euros.

Este proceso jurídico/sindical marca un antes y un después para la interpretación sobre la doble escala salarial, siendo buena prueba de ello que los más prestigiosos despachos de abogados españoles, recomiendan a la luz de las sentencias ganadas por USO en REPSOL la eliminación progresiva y de forma negociada de las dobles escalas salariales de los convenios colectivos.
Desde la USO cerrado este proceso jurídico seguiremos trabajando para hacer realidad una alternativa sindical, en el Grupo REPSOL diferente, autónoma e independiente, de clase y de ámbito Confederal, para luchar por recuperar y defender los derechos e intereses de todos los trabajadores y trabajadoras de REPSOL, con firmeza y eficacia, como hemos acreditado erradicando la doble escala salarial en la antigüedad.

Después de eliminada la doble escala salarial, es imprescindible un cambio sindical en el Grupo REPSOL, para que no materialicen con su firma CCOO y UGT el acuerdo de sustituir la antigüedad a efectos económicos para todo la plantilla.

El cambio sindical que los trabajadores/as del Grupo REPSOL necesitamos ha comenzado, con la constitución de Secciones Sindicales de USO en Coruña, Puertollano, Tarragona, Madrid y Rylesa, uniéndose a nuestro bastión en Cartagena. Si compartes la necesidad de acabar con el verticalismo sindical, en REPSOL, desde la USO te emplazamos a organizarte y participar activamente en las candidaturas sindicales de la USO en tu centro de trabajo en los procesos electorales que se desarrollarán en Noviembre, para protagonizar el cambio sindical que necesitamos.

AFÍLIATE Y PARTICIPA CON LA USO, EN LAS PROXIMAS ELECCIONES SINDICALES PARA HACER REALIDAD EL CAMBIO SINDICAL YA INICIADO


JULIO 2010 Sección Sindical Estatal
USO – GRUPO REPSOL




Contacta con nosotros en:


usorepsol.blogspost.com – usorepsolestatal@gmail.com – industria@industria.uso.es

Sección Sindical USO-TARRAGONA : Martín Ruiz; E-mail: matgna@yahoo.es
Jose Antonio Mora; E-mail: jamoram@hotmail.com

28 de junio de 2010

ACTA DE 23 JUNIO DE 2010 MESA TÉCNICA - NO SE APLICARA EL SEXTO TURNO EN REPSOL PETRÓLEO

MESA TÉCNICA DEL VIII CONVENIO COLECTIVO DE REPSOL PETRÓLEO, S. A.

En Madrid, siendo las 13:00 horas del día 23 de junio de 2010, reunidas las personas al margen referenciadas componentes de la Mesa Técnica del VIII Convenio Colectivo de Repsol Petróleo, S. A.

MANIFIESTAN


PRIMERO: Con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Undécima del VIII Convenio Colectivo y el desarrollo del preacuerdo del acta mediación del SIMA de fecha 20 de mayo de 2010, se alcanzó un preacuerdo con fecha 26 de mayo de 2010 sobre los siguientes puntos: Sexto turno en los cuatro complejos industriales, aunque se aceptaría su aplicación en tres centros, si así fuera ratificado por los mismos y Jornada Intensiva en el Complejo Industrial de Puertollano.

SEGUNDO: La representación sindical, manifestó que elevarían este preacuerdo a sus mecanismos habituales de consulta para que fuese ratificado o no antes de la firma definitiva del acuerdo.

TERCERO: La dirección de la empresa solicita a la representación sindical informen del resultado de las consultas:

CC.OO:
Estaría en disposición de firmar el sexto turno en los centros de Puertollano y Tarragona, así como, de aplicar la jornada intensiva en Puertollano.

UGT :
Estaría en disposición de firmar el sexto turno en el centro de Tarragona, así como de aplicar la jornada intensiva en Puertollano

STR y CTI:
Manifiestan que no ratifican ningún punto del preacuerdo.


CIG
Manifiesta que no ratifica ningún punto del preacuerdo.

En consecuencia, no puede darse por ratificado el preacuerdo en lo referente al sexto turno y si se ratifica el preacuerdo en lo referente a la jomada intensiva en el centro de Puertollano.

CUARTO: Se creará una comisión en el centro de Puertollano que, por delegación de esta comisión negociadora, desarrollará todos los aspectos necesarios para su efectiva implantación.
Las conclusiones de esta comisión deberán ser sometidas a la comisión de garantía de convenio colectivo, momento en el cual, de ser aprobadas adquirirá firmeza este pacto.

Manifestaciones de parte:

CC.OO. manifiesta que tras las consultas efectuadas solicita de la empresa que el sexto turno se aplique en los centros de trabajo de Tarragona y Puertollano, en los que ha sido ratificado.

UGT manifiesta que según los resultados de las consultas efectuadas en el C.l. de Repsol Petróleo, se aplique el sexto turno en el centro de Tarragona y la jornada intensiva en el C.l. de Puertollano.

Y sin más asuntos que tratar y en prueba de conformidad firman la presente en el lugar y fecha indicados.

PLANTA OLEFINAS PUERTOLLANO EN MARCHA

La Planta de Olefinas del C.I. de Repsol en Puertollano reanudo su actividad el 22 de Junio después de tres meses de paro.

13 de junio de 2010

CONSULTAS REALIZADAS SOBRE EL ACUERDO DEL 6º SEXTO TURNO

REFERENDUM CONSULTA REALIZADOS SOBRE EL PREACUERDO DEL 6 TURNO.

Consulta realizada a TODOS los trabajadores por STR: TODOS los centros dicen NO al preacuerdo del 6º Turno.



Consulta realizada a TODOS los trabajadores por UGT: Cartagena y Puertollano dicen NO , Tarragona dice SI.

Consulta realizada SOLO A SUS AFILIADOS por CCOO: Los afiliados de Puertollano y Tarragona dicen SI , Cartagena dice NO.


RESULTADO REFERENDUM CELEBRADO POR USO, STR Y CTI EN FEBRERO 2010.

6 de junio de 2010

UGT CELEBRA REFERÉNDUM PREACUERDO SEXTO TURNO Y JORNADA INTENSIVA PARA TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS AFECTADOS

Mañana 7 de Junio UGT celebrara referéndum consulta para TODOS los trabajadores y trabajadoras afectados por el preacuerdo firmado por UGT y CCOO sobre el sexto turno y jornada intensiva ,UGT ha invitado a participar a los demás sindicatos como observadores en las mesas de votación, según comunicado, acataran la voluntad de la mayoría expresada en las urnas.
Por su parte CCOO solo consultara y acatara lo que SUS afiliados decidan , segun comunicado.

4 de junio de 2010

COMUNICADO

COMUNICADO

Después de la pantomima de la huelga para desbloquear las Mesas técnicas del 6º Turno.
La Sección Sindical de USO Cartagena, tiene bien claro que en este preacuerdo no se reflejan cambios sustanciales a la propuesta que en su día presentó la empresa y que fue sometida a referéndum con un resultado aplastante y una alta participación.
LOS TRABAJADORES A TURNO DE CARTAGENA NO QUIEREN EL 6º TURNO
Por lo tanto no tenemos necesidad de ningún otro referéndum ni consulta referidos a este tema.
No obstante aconsejamos a todos los trabajadores afectados en base a experiencias pasadas, que acudan a cuantos requerimientos de consulta sean planteados por las diferentes Secciones Sindicales y dejen constancia de su participación en contra de la implantación en Cartagena del 6º Turno

Cartagena 1 de junio de 2010

STR CELEBRA EN CARTAGENA,PUERTOLLANO Y TARRAGONA REFERENDUM SOBRE PREACUERDO FIRMADO POR CCOO Y UGT

El día 2 de junio STR ha celebrado en los centros de Cartagena, Puertollano y Tarragona referéndum sobre el preacuerdo firmado por CCOO y UGT sobre sexto turno y jornada continuada para saber cual es la voluntad de los trabajadores.

2 de junio de 2010

EL HERIDO DE A CORUÑA QUE CONTINUABA HOSPITALIZADO RECIBE EL ALTA

El operario herido en la planta de coque recibe el alta hospitalaria aunque deberá de continuar con las curas y tratamientos médicos para tratar las secuelas después de sufrir quemaduras en el 70 % del cuerpo.

6 TURNO Y JORNADA CONTINUA - VOTA POR TUS INTERESES -UGT Y CCO FIRMAN EL SEXTO TURNO 6º TURNO REPSOL

El día 26 de Abril CCOO y UGT firmaron un preacuerdo sobre el 6 turno y la jornada continua que en contenido difiere poco del que ya se sometió a referéndum en todos los centros dando un resultado de NO a la aplicación del 6 turno y la jornada continua.

26 de mayo de 2010

CARTA ABIERTA A CCOO Y A UGT

El mismo día de producirse el anuncio por parte del Presidente del Gobierno del paquete de recortes sociales, el pasado 12 de mayo, nos dirigimos desde la Unión Sindical Obrera (USO) a vuestras organizaciones para dar una respuesta unitaria y contundente del movimiento sindical a las mismas.

Desde la USO consideramos que, como organizaciones mayoritarias que sois, os corresponde liderar la respuesta, y por tanto aunar y sumar esfuerzos tanto en defensa de los trabajadores y trabajadoras como de aquellos que ya no lo son porque han perdido su empleo, de los jóvenes que no lo encuentran, de los pensionistas, de los dependientes, etc.
Por ello la repuesta a las medidas adoptadas por el Gobierno debe ir más allá de las legitimas protestas de los empleados públicos, ya que dichas medidas no sólo afectan a éstos sino, que se concentran sobre la población más desfavorecida: pensionistas, dependientes y jóvenes (a los que se les impide cubrir con un contrato de relevo las situaciones de jubilación parcial, que ya no se producirán).

La gravedad de la situación por la que atraviesa nuestro país nos ha llevado a solicitar reiteradamente al Gobierno que no se puede actuar sólo sobre la reducción del gasto, sino que hay que incidir también sobre los ingresos, y ello implica el abordar una reforma fiscal en profundidad y la erradicación del fraude y, lo que es más importante, establecer condiciones que incidan en la recuperación del empleo. El poner el empleo en el centro de las iniciativas legislativas es lo que el Gobierno de la Nación en coordinación con los de las CC.AA. debería hacer de manera urgente; y ello debe suponer un cambio radical en la política económica que viene desarrollando.

Por ello desde la USO, al analizar la situación que tenemos actualmente, vemos con especial preocupación que nos encontramos con:

• Más de 4.650.000 parados
• Más del 40% de paro juvenil
• Más de 1.300.000 hogares con todos sus miembros en paro
• Más de 1.400.000 personas que han dejado de percibir la prestación o subsidio de desempleo.
• Un recorte salarial sin precedentes en el conjunto de los empleados públicos
• El incumplimiento del Pacto de Toledo al no revalorizar las pensiones y la tramitación en marcha de una reforma de nuestro sistema de pensiones que empobrecerá las mismas.
• La demora en la aplicación del derecho al reconocimiento de la situación de dependencia.
• El recorte de las inversiones (que generarían empleo)
• La supresión del régimen transitorio para el acceso a la jubilación parcial.
• El anuncio de una Reforma Laboral impuesta que no serviría para reactivar el empleo.

Estos motivos llevan a concluir que el Gobierno debe cambiar sus políticas erráticas, y para ello creemos necesario que debe convocarse a una Huelga General al conjunto de los trabajadores y trabajadoras. Huelga General que, sin ser deseable, consideramos necesaria como un aldabonazo para que este Gobierno reaccione y cambie de manera radical sus actuaciones. Ello implica hablar del empleo en primer lugar, y poner a las personas, a los ciudadanos españoles, en el centro de las políticas, es decir, servir a los ciudadanos y no servirse de ellos para cuadrar las cuentas.

Creemos que es necesario trabajar unitariamente para dar esa respuesta contundente, que los ciudadanos esperan del movimiento sindical. Por ello desde la USO como tercera confederación sindical os emplazamos a trabajar desde la especial responsabilidad que tenéis, conjuntamente con todo el movimiento sindical, para hacer posible una Huelga General con la que posibilitar el cambio de las políticas del gobierno favorables al empleo digno y con derechos y con él, a las mayorías sociales trabajadoras.

Madrid, 21 de mayo de 2010
Unión Sindical Obrera (USO)

14 de mayo de 2010

CONCENTRACIÓN DE TRABAJADORES DE CONTRATAS C-10 AMPLIACIÓN REFINERIA CARTAGENA SUFREN ATASCOS DE TRAFICO VEHICULOS A LA HORA DE SALIDA

Esta mañana varios miles de trabajadores de contratas encargados de la construcción de la ampliación de la Refinería de Cartagena (Proyecto C-10) se han concentrado de forma espontánea en los accesos del Complejo Industrial llegando a corta durante unas horas la autovía en protesta por el estado de los accesos a las obras que provoca atascos y largas colas al salir de forma simultánea miles de vehículos por un solo carril.
Por el contrario la entrada de los trabajadores es algo mas fluida ya que se han creado turnos para acceder de forma escalonada a las obras y aparte se habilita el carril de salida durante unas horas como de entrada para poder absorber todo el trafico.

5 de mayo de 2010

CONCENTRACIÓN DE TRABAJADORES Y COMPAÑEROS EN REPSOL CORUÑA , DE APOYO A LAS FAMILIAS Y TRABAJADORES HERIDOS.

Ayer día 4 de Mayo se celebro en los accesos del Complejo Industrial de Repsol en A Coruña una gran concentración de trabajadores de Repsol, trabajadores de subcontratas y compañeros ,en apoyo a las familias del trabajador fallecido y del trabajador que continua en estado muy grave que sufrieron un accidente el día 15 de Abril en el C.I de A Coruña en la planta de coque mientras realizaban trabajos de mantenimiento.

Esa misma mañana los delegados de prevención han entregado a la Inspección de Trabajo el informe sobre las causas del accidente independientemente del informe que la empresa esta elaborando despues que los delegados de prevencion abandonaran la comisión de investigación por discrepacias con la dirección del centro.

24 de abril de 2010

PRECIO BARRIL DE PETRÓLEO BRENT.

El precio del barril de petróleo Brent (europeo) para entrega en junio alcanza los 87 dolares/barril en la segunda quincena de abril, comparado con los 50 dolares que tenia el barril hace un año por las mismas fechas.
Y el West Texas Intermediate WTI (estadounidense) ronda los 85 dolares / barril.

8 de abril de 2010

NUEVA UNIDAD DE NEGOCIO DE NUEVAS ENERGIAS

Repsol crea una unidad de negocio de nuevas energías dentro de la Direccón General de Downstream dirigida por el presidente de Petronor que se encargara de proyectar y realizar iniciativas en bioenergía y energías renovables.

7 de marzo de 2010

NORMATIVA TRABAJADOR NOCTURNO

REAL DECRETO 1651/95 SOBRE JORNADAS ESPECIALES DE TRABAJO

Trabajo nocturno

Artículo 32. Excepciones a los límites de jornada de los trabajadores nocturnos.

La jornada de trabajo máxima de los trabajadores nocturnos establecida en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores sólo podrá superarse, mediante la realización de horas extraordinarias o la ampliación del período de referencia de quince días previsto en el mismo, con sujeción a las condiciones y límites que se establecen en el presente artículo, en los siguientes casos:

a) En los supuestos de ampliaciones de jornada previstos en el capítulo II de este Real Decreto.

b) Cuando resulte necesario para prevenir y reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes.

c) En el trabajo a turnos, en caso de irregularidades en el relevo de los turnos por causas no imputables a la empresa.

Las excepciones a los límites de jornada de los trabajadores nocturnos a que se refiere el número anterior no podrán tener por efecto la superación de una jornada de ocho horas diarias de trabajo efectivo de promedio en un período de referencia de cuatro meses en los supuestos previstos en el parrafo a) del apartado anterior, o de cuatro semanas en los restantes supuestos.

Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando la ampliación de la jornada se materialice mediante la realización de horas extraordinarias, sea cual fuere la forma de compensación de las mismas acordada por las partes conforme a lo dispuesto en el artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores y sin perjuicio del respeto de ésta, deberá reducirse la jornada de trabajo de los trabajadores afectados en los días subsiguientes hasta alcanzar el referido promedio en el período de referencia correspondiente.

En los convenios colectivos podrá acordarse la ampliación del período de referencia previsto en el apartado anterior para los supuestos a que se refiere el párrafo a) del apartado 1 de este artículo hasta un máximo de seis meses.



4 de marzo de 2010

TRABAJADORES CONSIDERADOS NOCTURNOS

En el día ayer se celebro en el SIMA el acto de conciliación previo a la interposición de Conflicto Colectivo por la aplicación de la legislación vigente que regula a los trabajadores considerados nocturnos.

El acto pretendía limar las discrepancias en la interpretación y aplicación del art. 36.1 del ET (Trabajadores Nocturnos) y del artículo 32 del RD 1561/1995, sobre jornadas esenciales de trabajo, respecto a los trabajadores de Producción y Servicios Técnicos de las plantas de Cartagena, Coruña, Puertollano y Tarragona, sometidos a régimen de tres turnos.




El acta se cerró con desacuerdo.

USO manifestó que suscribe la interpretación de STR (Demandante) porque considera que todos los trabajadores a tres turnos en Repsol Petróleo, realizan un tercio de su jornada en turno de noche y por lo tanto tienen la consideración de trabajadores nocturnos que les otorga el art. 36.1 ET.


Por la otra parte la representación de la empresa CCOO y UGT discreparón de esta interpretación.

La interposición de Conflicto Colectivo sigue adelante.

1 de marzo de 2010

MESAS TECNICAS RESULTADO REFERÉNDUM JORNADA CONTINUADA Y 6 TURNO REPSOL PETRÓLEO, IGUAL QUE LOS TRABAJADORES DE QUÍMICA DICEN NO

REFERÉNDUM REPSOL PETRÓLEO

Como sabéis, la semana pasada realizamos en todas las refinerías, el referéndum sobre el MODELO propuesto por la empresa sobre el sexto turno y la jornada continua.
Como cabía esperar el resultado obtenido ha sido un rotundo NO a dicho MODELO. Quedando desglosado de la siguiente forma:

24 de febrero de 2010

REFERÉNDUM REPSOL PETRÓLEO JORNADA INTENSIVA Y 6º TURNO

FEBRERO 2010 CELEBRACIÓN REFERÉDUM SOBRE LA JORNADA CONTINUADA Y EL 6º TURNO EN LOS COMPLEJOS INDUSTRIALES DE REPSOL PETRÓLEO.

18 de febrero de 2010

APLAZADO JUICIO 23 DE FEBRERO- DOBLE ESCALA SALARIAL

A petición de la representación letrada de la empresa, el titular del juzgado a decidido el archivo provisional de los procedimientos de reclamación de cantidades referentes al complemento salarial de antigüedad en el ámbito del V y VI Convenio Colectivo en aplicación de la sentencia ganada por USO donde se reconoce el derecho al cobro de las cantidades correspondientes a trienios de los trabajadores de Repsol Petróleo, alegando, como en el anterior aplazamiento, que debido a los cientos de demandantes de procedimientos que se están siguiendo en otros juzgados del pais por esta misma causa, entre otros, el juzgado nº1 y el juzgado nº2 de Cartagena y que existe un procedimiento judicial de impugnación del VII Convenio Colectivo (2006-2008) así como la tramitación del VIII Convenio Colectivo donde se prevé en el articulo 42 una actuación dependiendo de la sentencia del Tribunal Supremo respecto a la existencia de una doble escala salarial , se archiva provisionalmente a la espera de que el Tribunal Supremo dicte sentencia sobre el VIII Convenio Colectivo.

17 de febrero de 2010

APLAZADO JUICIO 23 FEBRERO CANTIDADES ANTIGUEDAD

Por petición del abogado de la empresa queda aplazado el juicio del día 23 de febrero de 2010 en Cartagena para la reclamación de las cantidades individuales en concepto de antigüedad de los afiliados y representados de USO sobre la sentencia ganada por USO, donde se reconoce el derecho al cobro de trienios en concepto de antigüedad de los trabajadores de Repsol Petróleo y que en principio se debería de haber celebrado el 5 de Octubre de 2009 pero tambien fue aplazado a petición de la representación de la empresa hasta la fecha del 23 de febrero.
Seguiremos informando.

16 de febrero de 2010

OBRAS REMODELACION CARRETERA ACCESO REFINERÍA CARTAGENA

Como parte del Plan de Mejora para el Desarrollo Integral de la Zona Industrial del Valle de Escombreras donde se genera mas del 10% de la energía que se consume en España ,se van a empezar las obras de remodelación de la carreteras de acceso al Complejo Industrial ,Portman y Valle de Escombreras.

11 de febrero de 2010

EL SINDICATO USO SE PRESENTA EN LA REFINERÍA DE REPSOL PETRÓLEO DE A CORUÑA

La Unión Sindical Obrera ha celebrado el día 8 de febrero de 2010, una asamblea de trabajadores en la refinería de Repsol Petróleo de A Coruña para explicar su proyecto a sus afiliados y al resto de trabajadores y también presentar a quienes representarán al sindicato en la empresa tanto a nivel de centro como intercentros y dentro del grupo Repsol.

La Sección Sindical USO Repsol Petróleo A Coruña se constituyo el pasado mes de noviembre y está teniendo muy buena acogida en esta refinería. El proceso de afiliación no se detiene y progresivamente más trabajadores nos prestan su confianza.
A esta presentación acudió José Vía, Secretario de Acción Sindical de USO a nivel estatal, así como otros dirigentes regionales del sindicato y compañeros de USO de otros centros de trabajo de Repsol.
Los intervinientes, explicaron a los trabajadores del centro cómo ha sido el largo proceso jurídico que ha llevado al Tribunal Supremo a declarar ilegal la doble escala salarial que aparece en los distintos convenios del grupo Repsol, y cómo tras superar todas las trabas legales que se han interpuesto, próximamente podrán cobrarse los atrasos.

También explicaron que USO practica un sindicalismo diferente, basado en la independencia y que nunca contravendrá los intereses que emanen de las Secciones Sindicales a las que representan.
Asimismo se informo que se continuara trabajando para erradicar otras discriminaciones salariales que sufren los trabajadores de Repsol y que afectan principalmente a la plantilla más joven.
“Mientras haya gente que quiera dar un paso al frente, seguiremos combatiendo la discriminación salarial en las mesas de negociación y en los tribunales”.

MESAS TECNICAS REFERENDUM 6º TURNO REPSOL QUÍMICA - SEXTO TURNO - LOS TRABAJADORES DE QUÍMICA DICEN NO A LA PROPUESTA

Mas información...

http://usogruporepsol.blogspot.com/2010/02/referendum-6-turno-repsol-quimica-mesas.html

4 de febrero de 2010

DEMANDA ANTIGUEDAD ATRASOS TRIENIOS REPSOL

El día 23 de febrero de 2010 a las 10:30 horas se celebrara en los juzgados de Cartagena la reclamación de las cantidades individuales en concepto de antigüedad de los afiliados y representados de USO sobre la sentencia ganada por USO, donde se reconoce el derecho al cobro de trienios en concepto de antigüedad de los trabajadores de Repsol Petróleo y que en principio se debería de haber celebrado el 5 de Octubre de 2009 pero fue aplazada hasta la fecha del 23 de febrero de este año.
Al ser un gran numero las demandas se verán en grupos, en este primer día que estamos citados presentaremos un grupo de 26 demandas.
Para mas información podéis llamar al TLF. 968129268.

TRABAJOS PARADA TECNICA REFINERIA PETRONOR MUSKIZ

La refinería de Petronor en Muskiz esta realizando una parada técnica desde la semana pasada para realizar trabajos de mantenimiento coincidiendo con los trabajos de montaje de la futura unidad de coquer

31 de enero de 2010

REUNIÓN DIRECCIÓN - NUEVO VESTUARIO

El día 22 se celebro reunión con la dirección de la empresa para informarnos sobre el nuevo vestuario y sus intenciones.
(Se levantó acta de la reunión que será publicada cuando tengamos acceso a ella.)

Según la dirección:
-Habrá un modulo exclusivo para mujeres.
-Dos taquillas separadas para todos los trabajadores que utilicen ropa atex , una de ropa de calle y la otra para ropa de trabajo ,el resto deL personal una taquilla.
- Los tornos de entrada seguirán donde están.
-El tiempo de cambiarse a la entrada y asearse a la salida corre de nuestra cuenta.
-En los puestos de trabajo seguirán existiendo duchas, aseo y dotación de buzos para uso en caso de emergencia.
-Se colocaran cámaras para la vigilancia del acceso desde el exterior al nuevo vestuario.
- Continuara el servicio de autobuses externo.

El sindicato USO comunico a la dirección de la empresa su rechazado y oposición a la implantación del nuevo sistema y aporto diferentes propuestas encaminadas a mantener los intereses de sus afiliados y en general de todos los trabajadores sin que se llegara a acuerdo alguno con la dirección, por eso os informamos que mantendremos nuestra postura y tomaremos todas las medidas a nuestra alcance.

29 de enero de 2010

28 de enero de 2010

ASAMBLEA INFORMATIVA USO REFINERIA A CORUÑA ANTIGUEDAD

El día 8 de febrero se celebrara en la refinería de A Coruña asamblea informativa con la participación del secretario de Acción Sindical de Unión Sindical Obrera Jose Via.
A las 11:00 h y a las 18:00 h.

21 de enero de 2010

VISITA DEL PRESIDENTE Y REPRESENTANTES DEL GOBIERNO

Ayer, día 20 de enero una representación de la Subcomisión para la Estrategia Energética del Congreso de los Diputados junto con el presidente de la compañia, Antonio Brufau, visitaron las obras de ampliación de la Refineía de Cartagena.

El IPC INTERANUAL DEL 2009 SE SITUA EN EL 0,8%

El 2009 termina con un IPC del 0,8% cuando el IPC Previsto era del 2%.

15 de enero de 2010

BRUFAU RATiFICADO COMO PRESIDENTE DE REPSOL

Hoy dia 15 de enero del 2010 en sesión extraordinaria del consejo de administración convocada por el presidente de la petrolera ha sido ratificado como presidente Antonio Brufau.

11 de enero de 2010

TEMPORAL DE FRIO Y NIEVE.

El temporal de nieve provoco retrasos en la entrada del personal de ordinaria del Complejo Industrial de Puertollano debido a la formación de placas de hielo en los accesos al centro de trabajo según comunicado de la empresa la actividad y el relevo del personal se hace con normalidad en estos momentos.

30 de diciembre de 2009

CONVOCATORIA DE PRÁCTICAS POSTCURRICULARES BECADAS OPERADOR DE PLANTA PETRO QUÍMICA

Oferta de 25 plazas para realizar prácticas postcurriculares en el Complejo Industrial de Cartagena como Operador de Planta Petroquímica.

Hasta el 15-01-2010

OFERTA DE EMPLEO REPSOL.

http://www.repsol.com/es_es/corporacion/empleo/

6 de diciembre de 2009

9º Congreso Confederal del sindicato USO “El Trabajo, nuestro Valor y Compromiso”



Ayer se clausuro en Valencia el IX Congreso Confederal de la Unión Sindical Obrera (USO), con la reelección de Julio Salazar como Secretario General por segunda vez con un 94,7% de los votos.
El líder sindical ha marcado como objetivo de la organización una ambiciosa movilización social para cambiar las políticas de empleo.


La USO impulsará la regeneración del marco sindical para que sea reflejo de la pluralidad de nuestra sociedad y represente a los trabajadores con justicia.
Durante su discurso al pleno del Congreso, Salazar ha adelantado que “ante el desolador estado del trabajo y del sindicalismo la USO quiere fortalecer y agrandar su proyecto sindical comúnmente con otras organizaciones sindicales autónomas e independientes posibilitando la unión y unidad en una alternativa sindical democrática y autónoma al sindicalismo institucionalizado existente para ese cambio sindical en nuestro país”.




La Comisión Ejecutiva se ha modificado tras las votaciones en un 30%, dando lugar a un importante relevo generacional. La composición del órgano directivo sindical queda compuesta del siguiente modo:
Ladislao Pérez, Secretario de Organización
José Vía, Secretario de Acción Sindical
José María González, Secretario de Administración y Finanzas
José Luis Fernández, Secretario de Comunicación y Relaciones Institucionales
María Susmozas, Secretaria para la Igualdad
Joaquín Pérez, Secretario de Formación
Sara García y Javier de Vicente ostentarán las secretarias de nueva creación de Salud Laboral y Medio Ambiente y Acción Internacional, respectivamente.
Manuel Zaguirre, histórico líder sindical de nuestro país ovacionado por los asistentes, abandona la presidencia honorífica del sindicato tras este congreso.


Nuestros intereses, sobre todo en lo relacionado con la Federación de Industria estuvieron directamente representados y obtuvieron un resultado favorable.

24 de noviembre de 2009

SECCIÓN SINDICAL DE USO-REPSOL PETRÓLEO LUBRICANTES Y ESPECIALIDADES RYLESA EN PUERTOLLANO


Damos la bienvenida a los compañeros de RYLESA que han constituido la Sección sindical de USO-Repsol Lubricantes y Especialidades, S.A.- RYLESA en Puertollano.

Junto con los compañeros de la refinería de la Coruña (también recientemente constituidos en Sección Sindical de USO), pasan a formar parte de la cada vez más nutrida Sección Sindical de USO en el Grupo Repsol.

Repsol Lubricantes y Especialidades, S.A.– RYLESA se constituyó El 1 de Enero de 2002.
En 2007 la planta de Puertollano alcanzó una fabricación cercana a las 100.000 toneladas anuales (tanto en mezclado como en envasado y graneles), elaborando más de 1.000 productos distintos y distribuyendo a más de 7.000 clientes.
Rylesa, exporta aceites lubricantes a treinta países de todo el mundo con las marcas de Repsol, CS, Campsa o Petronor.

Queremos aprovechar este articulo para animar a mas compañeros,trabajadores de empresas pertenecientes al grupo Repsol a dar el paso y unirse a nuestro proyecto sindical,no podemos quedarnos impasibles ante el paulatino deterioro de nuestros derechos como trabajadores y menos en estos tiempos difíciles que nos está tocando pasar.

19 de noviembre de 2009

SE GARANTIZA LAS INVERSIONES Y SU CONTINUIDAD

Estas ultimas semanas han aparecido en diversos medios de comunicación noticias sobre algunas discrepancias surgidas dentro Consejo de Administración del grupo respecto a una supuesta propuesta hecha por un miembro mayoritario del consejo de administración de congelar las inversiones en Petronor y en la Refinería Cartagena así como de otras desinversiones del plan estratégico del grupo, propuestas con el fin de aumentar el dividendo a repartir entre los accionistas, en visita reciente de un representante del grupo al Complejo Industrial de Cartagena ha sido preguntado de este hecho por los representantes de los trabajadores y ha garantizado que las inversiones seguirán adelante.

http://www.abc.es/20091107/opinion-firmas/batalla-dividendo-repsol-20091107.html

http://www.expansion.com/2009/11/06/empresas/1257545436.html

http://www.eldiariomontanes.es/20091116/economia/destacados/brufau-rechaza-malvender-activos-20091116.html

http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20091117/economia/repsol-resiste-presiones-sacyr-20091117.html

http://www.diariocritico.com/2009/Noviembre/economia/noticias/183003/brufau-rivero-repsol.html

http://www.finanzas.com/noticias/empresas/2009-11-19/219076_faine-aconseja-brufau-ceder-ante.html

http://www.abc.es/20091122/economia-empresas/cruda-realidad-repsol-20091122.html

6 de noviembre de 2009

TRABAJADORES DE PETRONOR INICIAN HOY UNA HUELGA DE CUATRO DÍAS EN DEFENSA DEL CONVENIO COLECTIVO

BILBAO, 6 Nov. (EUROPA PRESS) -


El comité de empresa de Petronor de Muskiz (Vizcaya) ha convocado para hoy un primer bloque de cuatro días de huelga, ante el "bloqueo" de la negociación del convenio colectivo.

Los paros se iniciarán hoy a las tres de la tarde y concluirán a la seis de la mañana del próximo martes, antes de decidir las fechas para una segunda tanda de huelgas.

Según los representantes de los trabajadores, este paro responde a la decisión adoptada el pasado 24 de septiembre por la asamblea de trabajadores de Petronor de realizar dos nuevos periodos de huelga antes de finales del mes de enero de 2010, al rechazar por "insuficiente" la oferta planteada para la firma del XIV convenio colectivo.

5 de noviembre de 2009

SECCIÓN SINDICAL USO REPSOL PETRÓLEO A CORUÑA

Constituida oficialmente la Sección Sindical de USO en Repsol Petróleo A Coruña.

La Sección Sindical de USO Repsol se felicita hoy tras haberse consumado la constitución de la Sección Sindical de USO Repsol Petróleo CI A Coruña.

La suma de cada vez mas compañeros, que se vienen uniendo a nosotros, supone un gran estimulo y nos da ánimos para seguir trabajando, defendiendo los derechos de los trabajadores.

Tenemos confianza (avalada por el trabajo que hasta ahora estamos desarrollando) en que paulatinamente el Sindicato USO se irá instaurando en todas las empresas que conforman el Grupo Repsol.
Animamos a todos los trabajadores a participar con nosotros en este proyecto.

¡Benvidos compañeiros de A Coruña!

4 de noviembre de 2009

PRESENTACIÓN LIBRO POBLADO DE ESCOMBRERAS

La semana pasada se presento un libro sobre el poblado de escombreras escrito por tres antiguos trabajadores que vivieron en el poblao construido en los años 50 para los trabajadores de la refineria de Cartagena antigua Repesa.

http://lapaginadelpoblado.webcindario.com/